Tabla de retención en la fuente para el año 2024


 

02-01-2024


 

TABLA DE RETEFUENTE 2024

La tabla de retención en la fuente a título de renta par el año 2024, se basa en el valor de la UVT que rige para el año respectivo que se ubica en $47.065

 

Para el año 2024 como ha sido nuestra costumbre, la tabla de retención en la fuente se publicará en dos archivos PDF, uno con las tarifas más utilizadas, y otro con muchos más conceptos que sirvan de consulta permanente para nuestros lectores y usuarios.

 

Las respectivas bases de cada concepto de retefuente se calculan con base en la UVT que rige para el año 2024.

_______________________________________

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Tabla de retefuente 2024

Concepto

Base mínima en UVT ≥

Base mínima en pesos 

%

Adquisición de bienes raíces para uso de vivienda de habitación cuando exceda las 20.000 UVT (al excedente se le aplicará la tarifa aquí señalada).

Más de 20.000 UVT

$941.300.000

2,5%

Adquisición de bienes raíces para uso de vivienda de habitación por las primeras 20.000 UVT.

Hasta 20.000 UVT

$941.300.000

1%

Adquisición de bienes raíces para uso diferente a vivienda de habitación, si el vendedor es persona jurídica, sociedad de hecho o persona natural declarante, de acuerdo con lo establecido en el artículo 368-2 del ET.

≥ 27 UVT

$1.271.000

2,5%

Adquisición de vehículos.

≥ 27 UVT

 

$1.271.000

1%

Arrendamiento de bienes inmuebles (declarantes y no declarantes)

27

 

$1.271.000

3,5%

Arrendamiento de bienes muebles

0

 

100%

4%

Comisiones Bolsa de Valores

0

 

100%

3%

Comisiones sector financiero

0

 

100%

11%

Compras con tarjeta débito o crédito

0

 

100%

1,5%

Compras de bienes o productos agrícolas o pecuarios sin procesamiento industrial

92

 

$4.330.000

1,5%

Compras de café pergamino o cereza

160

 

$7.530.000

0,5%

Compras de combustibles derivados del petróleo

0

 

100%

0,10%

Compras generales (declarantes renta)

27

 

$1.271.000

2,5%

Compras generales (no declarantes renta)

27

 

$1.271.000

3,5%

Contratos de construcción y urbanización.

27

 

$1.271.000

2%

Contratos de consultoría de obras públicas.

0

 

100%

2%

Contratos de consultoría en ingeniería de proyectos de infraestructura y edificaciones a favor de personas naturales no declarantes del impuesto de renta.

0

 

100%

10%

Contratos de consultoría en ingeniería de proyectos de infraestructura y edificaciones a favor de personas naturales o jurídicas y entidades contribuyentes del impuesto de renta.

0

 

100%

6%

Contratos de consultoría en ingeniería de proyectos de infraestructura y edificaciones a favor de personas naturales, consorcios o uniones temporales cuyos miembros sean personas naturales declarantes del impuesto de renta.

Más de 3.300

 

$119.816.000

6%

Diseño de página web y consultoría en programas de informática a no obligados a declarar renta (la tarifa depende de si el beneficiario del pago o abono en cuenta cumple o no con las condiciones establecidas en los literales a) y b) del Decreto 260 de 2001).

0

 

100%

10% u 11%

Diseño de página web y consultoría en programas de informática a obligados a declarar renta.

0

 

100%

3,5%

Enajenación de activos fijos de personas naturales no retenedores (La retención la realiza las notarías y tránsito)

0

 

100%

1%

Honorarios y comisiones (no declarantes renta)

0

 

100%

10%

Honorarios y comisiones pagados a personas jurídicas y tambien a P. naturales que suscriban contratos por más de 3.300 Uvt o que la sumatoria de los pagos o abonos en cuenta durante el año gravable superen 3.300 UVT

0

 

100%

11%

Honorarios y comisiones (personas jurídicas)

0

 

100%

11%

Intereses o rendimientos financieros en general

0

 

100%

7%

Loterías, rifas, apuestas y similares

48

 

$2.259.000

20%

Otros ingresos tributarios (declarantes)

27

 

$1.271.000

2,5%

Otros ingresos tributarios (no declarantes)

27

 

$1.271.000

3,5%

Por emolumentos eclesiásticos (declarantes)

27

 

$1.271.000

4%

Por emolumentos eclesiásticos (no declarantes)

27

 

$1.271.000

3,5%

Rendimientos financieros (títulos de renta fija)

0

 

100%

4%

Rentas de trabajo

95

 

$4.471.000

Tabla art. 383 ET

Servicios de hoteles y restaurantes

4

 

$188.000

3,5%

Servicios de licenciamiento o derecho de uso de software

0

 

100%

3,5%

Servicios de transporte de carga

4

 

$188.000

1%

Servicios de transporte nacional de pasajeros por vía aérea o marítima

4

 

$188.000

1%

Servicios de transporte nacional de pasajeros por vía terrestre

27

 

$1.271.000

3,5%

Servicios generales (declarantes renta)

4

 

$188.000

4%

Servicios generales (no declarantes renta)

4

 

$188.000

6%

Servicios integrales de salud prestados por IPS

4

 

$188.000

2%

Servicios prestados por empresas de servicios temporales (sobre AIU)

4

 

$188.000

1%

Servicios prestados por empresas de vigilancia y aseo (sobre AIU)

4

 

$188.000

2%

Rete IVA por compras  (15% sobre el IVA)

27

 

$1.271.000

15%

Rete IVA por servicios (15% sobre el IVA)

4

 

$188.000

15%

Tabla basada en UVT de $47.065 aplicable al año 2024

 

 

 

 

 


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Wiliam Dussán Salazar

Editor de impuestos de www.consultorcontable.com

@williamduss



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Comentarios: 54
  • #1

    gustavo isoza (domingo, 03 diciembre 2023 16:45)

    excelente gracias

  • #2

    gustavo isoza (jueves, 28 diciembre 2023 19:45)

    gracias por sus informaciones exelentes, saludos gustavoisoza@hotmail.com

  • #3

    jairo garcia (martes, 02 enero 2024 10:34)

    Buen día
    muchas gracias por compartir esta valiosa herramienta

  • #4

    Kiko (martes, 02 enero 2024 12:57)

    Excelente material con las tablas de retención en la fuente para el año 2024

  • #5

    Lorena Murcia (martes, 02 enero 2024 12:57)

    Las mejores tablas de retención para este nuevo año 2024.. muy oportunas

  • #6

    Boreal (jueves, 04 enero 2024 08:30)

    gracias por este material tan oportuno.. nuestro equipo contable usa mucho su tabla de retefuente.

  • #7

    Gabriela (jueves, 04 enero 2024)

    Las bases de la tabla de retefuente 2024 sube de acuerdo a la UVT verdad?

  • #8

    JUAN DAVID (viernes, 05 enero 2024 08:09)

    EXCELENTE

  • #9

    Eleana (viernes, 05 enero 2024 09:06)

    Muchas gracias, por toda la información que entrega. Es de buena ayuda.

  • #10

    Liliana Amaya (sábado, 06 enero 2024 11:43)

    Muchas gracias por brindar esta valiosa y completa información en el tiempo indicado.

  • #11

    DIANA MOSQUERA (lunes, 08 enero 2024 13:04)

    Excelentes herramientas que comparten. Dios les bendiga.

  • #12

    VILA (martes, 09 enero 2024 09:13)

    Gracias.

  • #13

    ZULMA YAYA (martes, 09 enero 2024 10:56)

    En esta tabla no se observa la retención para compra de ganado o derivados de cárnicos.

  • #14

    Ximena (martes, 09 enero 2024 11:10)

    ZULMA, el concepto qe buscas es Compras de bienes o productos agrícolas o pecuarios sin procesamiento industrial, y en la tabla está.

    Compras de bienes o productos agrícolas o pecuarios sin procesamiento industrial

    BASE $4.330.000 TARIFA 1,5%

  • #15

    Maritza Paitt (miércoles, 10 enero 2024 14:15)

    Gracias, por tan excelente material, una consulta la tabla de retenciòn de salarios es posible que ustedes nos la puedan compartir. He venido trabajando con esa herramienta el año anterior y me fue de mucha utilidad. Gracias,

  • #16

    LUCIA (viernes, 12 enero 2024 07:45)

    Super, gracias

  • #17

    Luis Eduardo Ramirez C (lunes, 15 enero 2024 13:54)

    Excelente informacion gracias

  • #18

    ADRIANA G (lunes, 15 enero 2024 17:02)

    MIL gracias por la información

  • #19

    LUCY HENAO (miércoles, 17 enero 2024 07:27)

    Muchísimas gracias.

  • #20

    Diana Tunjo (jueves, 18 enero 2024 09:42)

    Muchas gracias por compartir. Dios lo bendiga

  • #21

    NELSON GOMEZ POVEDA (lunes, 22 enero 2024 14:39)

    MUCHAS GRACIAS, LA INFORMACION ACTUALIZADA , ES HERRAMIENTA PARA NUESTRO TRABAJO.

  • #22

    Néstor Raúl Bueno (martes, 23 enero 2024 08:58)

    Muchas gracias doctor Dussan. Práctico y oportuno

  • #23

    Eduardo Lizarazo (martes, 23 enero 2024)

    buena tarde y mil gracias por la herramienta

  • #24

    Jaime Gomez (miércoles, 24 enero 2024 18:21)

    Muchísimas gracias por sus valiosos aportes a nuestra profesión. Dios los
    continúe bendiciendo, muchos exitos

  • #25

    Guillermo Solano (jueves, 25 enero 2024 10:43)


    Gracias por la información fue muy útil

  • #26

    Doris Marlene Ramírez Villamizar (viernes, 26 enero 2024 09:48)

    Excelente información. Gracias

  • #27

    BRIANA (viernes, 26 enero 2024 21:05)

    MUY BUENA

  • #28

    Juan (martes, 30 enero 2024 16:04)

    Muchas gracias

  • #29

    EFRAIN (miércoles, 31 enero 2024 14:56)

    EXCELENTE AYUDA PARA NIUESTRO DIARIO QUEHACER.

  • #30

    Mario Burbano (miércoles, 31 enero 2024 15:57)

    Esta página es una maravilla y su trabajo mucho mejor. La información es útil, práctica...

  • #31

    MARIA (jueves, 01 febrero 2024 18:05)

    EXCELENTE, GRACIAS

  • #32

    Olga Cecilia (lunes, 05 febrero 2024 08:48)

    Mil y mil gracias, por estas herramientas tan pràcticas para el desarrollo de nuestra profesiòn.

  • #33

    Yeni Betancur (martes, 06 febrero 2024 08:41)

    Para el cálculo de la retención de IVA, para este año, para determinar la base no es acumulativa las transacciones de dia?

  • #34

    Jimena (martes, 06 febrero 2024 08:53)

    Yeni, yo siempre he creido que se hace por causación, lo que si no se debe es dividir un mismo hecho para evitar la retención, pero en condiciones normales, se hace por cada operación.

    algunos por política retienen sobre cualquier valor cuando son clientes habituales, pero ya son políticas internas que son válidas

  • #35

    Uwu (jueves, 08 febrero 2024 13:03)

    Graciaaaas

  • #36

    DIANA I (martes, 13 febrero 2024 16:38)

    Buena tarde, Me pueden indican en caso de ganar un premio que rifo una fundacion que debo pagar ademas del impuesto del 20%.

  • #37

    Adriana Largo (domingo, 18 febrero 2024 23:03)

    Gracias por la información muy útil

  • #38

    Ferney (martes, 20 febrero 2024 16:42)

    Favor revisar base retención para contratos superiores a 3300 uvt, están poniendo la base del uvt del año 2021.

    gracias

  • #39

    Tryny Reyes Estevez (jueves, 14 marzo 2024 16:16)

    gracias por todo los datos que nos suministras, son de mucha ayuda Dios los bendiga

  • #40

    Inirida Marin (viernes, 15 marzo 2024 12:11)

    Cordial saludo: agradecida por tener quien nos colabore con las herramientas de la parte contable. Bemdiciones.

  • #41

    GLADYS VELEZ (miércoles, 20 marzo 2024 09:57)

    Muchas gracias por este material tan necesario para nosotros los contadores

  • #42

    porras llanos (sábado, 23 marzo 2024 08:51)

    gracias��(●'◡'●)

  • #43

    IVAN DARIO MONTOYA RESTREPO (martes, 16 abril 2024 19:55)

    Gracias por su labor. A mi me da confianza su valiosa información para nosotros los contables. Adelante Señor!

  • #44

    Antonio Alvis O. (miércoles, 17 abril 2024 10:46)

    Buen día, excelente información. Muchas gracias por compartirla.

  • #45

    Martha (lunes, 20 mayo 2024 17:17)

    Excelente ayuda, mil gracias

  • #46

    Luz Aida Posada de Rodriguez (lunes, 17 junio 2024 14:11)

    Muchas gracias por la información compartida. Dios lo bendiga.

  • #47

    Juliana (miércoles, 26 junio 2024 12:40)

    Buen día, a una factura de venta se le aplica una retención?

  • #48

    Sandra (domingo, 21 julio 2024 14:43)

    Muy útil esta herramienta. Muchas gracias

  • #49

    Brian (miércoles, 14 agosto 2024 15:58)

    ¿Se puede establecer una politica interna en la compañia para practicar retencion en la fuente bajo la base minima de 1 pesos (COP) por cualquier concepto?

  • #50

    Juana (miércoles, 14 agosto 2024 16:00)

    En teoría si

  • #51

    Enrique b (sábado, 05 octubre 2024 19:32)

    gracias por la informacion

  • #52

    Jacqueline B. (jueves, 17 octubre 2024 18:22)

    Gracias por compartir la información. Muy valiosa

  • #53

    Hugo A Riaño R (jueves, 31 octubre 2024 17:23)

    Muchas Gracias por tan buenas herramientas

  • #54

    Martha Ramirez (miércoles, 13 noviembre 2024)

    Magnifica ayuda, Gracias