QUE HACER CON LA CARGA LABORAL EN ESTA PANDEMIA
14-04-2020
QUE HACER CON LA CARGA LABORAL EN ESTA PANDEMIA
Qué debemos hacer cuando ya no podemos con la carga como empresarios en esta Pandemia?
El COVID – 19, llegó para quedarse y para desarrollar en nosotros, tal vez a la fuerza, nuestra capacidad de resolver problemas, de salir adelante, como nos decían nuestras madres “De caer y levantarse”; pero que pasa cuando, como empresarios implementamos todas las estrategias contempladas en la Circular 21 de 2020, expedida por el Ministerio del Trabajo, que enuncia las Medidas de protección al empleo con ocasión de la fase de contención del COVID-19 y de la declaración de emergencia sanitaria, esto es, el trabajo en casa, las vacaciones anticipadas, colectivas y acumuladas, el teletrabajo o las jornadas flexibles, y definitivamente nos vemos en la obligación de suspender temporalmente las actividades y/o adelantar despidos colectivos de trabajadores?
El Ministerio del Trabajo expidió la Resolución 803 de 2020, por medio de la cual se establece que las solicitudes de empleadores encaminadas a suspender contratos o despidos colectivos que se presenten a las Direcciones Territoriales y oficinas Especiales, serán remitidas exclusivamente a la Unidad de Investigaciones Especiales de la Dirección de Inspección, Vigilancia y Control (IVC) del Ministerio del Trabajo en Bogotá, quien será la única competente para estudiar dichas peticiones.
La Solicitud que el empresario debe presentar ante el Director Territorial de la jurisdicción del domicilio principal de su empresa, en forma presencial o por la página web http://tramites.mintrabajo.gov.co/tys-web/ciudadano/#/radicar_tramite_acuerdo; debe estar debidamente sustentada acorde a lo contemplado en los numerales 1, 2 y 3 del artículo 67 de la Ley 50 de 1990, explicando los motivos y las justificaciones por las cuales se debe suspender temporalmente las actividades de su empresa o adelantar los despidos colectivos de sus trabajadores. Recuerde que a la par está obligado a comunicar, por escrito, a sus trabajadores de tal solicitud.
El anterior documento, debe estar acompañado de tres listados:
1. Listado que contenga la descripción de la planta de personal, señalando el cargo, la asignación mensual, la fecha de ingreso, el tiempo de servicio, la edad, el tipo de contrato, la ubicación del cargo dentro de la empresa; todo ello diferenciando el personal administrativo del operativo. Si su empresa cuenta con sucursales los listados deberán ser independientes.
2. Listado con la mención de los cargos que pretende suspender en cada área de su empresa, junto con el debido análisis y estudio que justifica la solicitud.
El tercer Listado es opcional, ya que solo aplica a las empresas en las que existe una Organización Sindical. Sí es su caso el listado deberá contener el nombre del sindicato y los nombres de sus representantes.
Cómo la justificación en estos casos es de tipo económica gracias a la Pandemia, deberá adjuntar además la siguiente documentación: Acta de aprobación de políticas contables, los estados financieros, con anotación adicional del estado de situación financiera auditado de los últimos dos períodos contables, el estado de resultados auditado de los dos últimos períodos, la relación de ingresos, costos y gastos con la desagregación de los dos últimos períodos de la sede principal y de las sucursales.
Es claro que está emergencia impacta potentemente a los seres humanos, que son el motor de nuestras empresas, no sólo a nivel laboral en el ámbito del trabajador, también al nivel de los socios, quienes se encuentran, igualmente en la incertidumbre emocional, psicológica y económica, por cuanto el COVID-19, está desangrando no sólo su capital social, sino también su capital privado, esperamos que el Gobierno tomé las medidas necesarias que mitiguen estas pérdidas.
Yanneth Cristina Castro Albañil
Editora laboral de www.consultorcontable.com
yanneth.castro@hotmail.com
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José Mendez (martes, 14 abril 2020 08:23)
Que buen aporte a dudas que pueden estar en muchos empresarios hoy en día.
Herbert (martes, 14 abril 2020 10:30)
Muy buen aporte, pero demasiados requisitos, la baja de la economía y cese de actividades es indiscutible, me parece tramitologia y mas en estos momentos, una carga adicional a los departamentos contables
Sergio (martes, 14 abril 2020 10:51)
Esto será para el COVID20?
JAIME GOMEZ (martes, 14 abril 2020 10:54)
Indiscutiblemente debe existir un control eficiente, algunas empresas están cancelando o suspendiendo contratos, cuando pueden seguir operando, por ejemplo los colegios privados están prestando el servicio educativo virtualmente, lo que no afecta el cobro de las pensiones, sin embargo, suspenden o cancelan contratos, ESTO ES LEGAL ????
Jose Villa (martes, 14 abril 2020)
Herbert dice: "una carga adicional a los departamentos contables". PREGUNTO: Y porqué no es más bien una oportunidad de obtener ingresos adicionales, o mejores ingreso?
Gonzalo (martes, 14 abril 2020 13:11)
Muchos de nosotros como contadores estamos viendo despidos masivos, debemos asesorar correctamente a los empresarios a tomar las medidas necesarias en esta época.
Fernando Quintero (martes, 14 abril 2020 19:36)
Colega Gonzalo esa es nuestra función debemos asesorar a quien nos paga, también debemos manifestarle y ojala por escrito hasta donde es legal, si la empresa tiene Jefe de Personal el es la persona indicada de ejercer esa función, si como la mayoría de los Contadores que el único cargo que no hacemos es la señora de los tintos, pues asesore con ética a la empresa lo que si te aconsejo toda determinación por escrito, por que te aseguro que si hay sanciones por lo sucedido lo mas seguro es que sea su culpa y lo único que lo salva es lo escrito.
FISCAL -ATENTO WILL (martes, 14 abril 2020 23:31)
Buenas Noches, me parece que algunas empresas sobre todo empresas relacionadas con la salud, (IPS-Gestionar Bienestar-Bucaramanga) estan aprovechando el momento para DESPEDIR GENTE, bajar sueldos y someter al personal administrativo, contable y odontológico a firmar documentos en donde se rebajan sus salarios y pierden vacaciones acumuladas, comisiones y demás,APARTE que los salarios para esos profesionales son miserables y disfrazados con el tema de desalarisacion , el cual no cumple con su objetivo, son unos negreros, remordemos a esos empresarios que, se asesoren bien, porque solo piensan en salir en estos momentos de la gente y creen que de esa manera se van a salvar económicamente, sin saber que fácilmente le pueden llegar después mil demandas, que recuerden que el sol siempre sale, que los años anteriores al momento de aumentar salarios , no pensaron en la necesidad de muchos de sus colaboradores, y ademas esa clase de empresas tienen muchas utilidades, pienso que el ministerio debe estar mas pendiente de como estan humillando a los trabajadores amenazándolos que van a perder su trabajado y todo con la escusa de covic-19.
Claudia (miércoles, 15 abril 2020 15:25)
Buenas tardes, como dice Fernando Quintero: lo único que falta es la servida del tinto y aunque siempre asesoramos a las empresas en todo, este tema si es mejor que lo aborde un abogado laboral y así evitarse dolores de cabeza.