NUEVAS SOCIEDADES BIC
NUEVAS SOCIEDADES BIC
21-06-2018
Mediante ley 1901 del 18 de junio de 2018, se crean y desarrollan las sociedades comerciales de beneficio e interés colectivo BIC, en esta denominación se incluyen todas aquellas compañías que sean constituidas de conformidad con la legislación vigente para tales efectos, las cuales, además del beneficio e interés de sus accionistas, actuarán en procura del interés de la colectividad y del medio ambiente.
Cualquier sociedad comercial existente o futura de cualquier tipo establecido por la ley, podrá adoptar voluntariamente la condición de sociedad de "Beneficio e Interés Colectivo" (BIC).
La adopción de la denominación BIC no implica, de ninguna forma, un cambio de tipo societario, o creación de tipo societario nuevo. Adicionalmente, las sociedades que adopten la denominación BIC seguirán estando obligadas a cumplir con las obligaciones del régimen ordinario del impuesto sobre la renta y complementarios, el régimen común sobre las ventas, y a las demás obligaciones tributarias de carácter nacional, departamental y municipal.
CARACTERÍSTICAS:
Las sociedades BIC deberán incluir en su razón o denominación sociales la abreviatura BIC, o las palabras sociedad de "Beneficio e Interés Colectivo".
Establecen una remuneración salarial razonable para sus trabajadores y analizan las diferencias salariales entre sus empleados mejor y peor remunerados para establecer estándares de equidad.
Establecen subsidios para capacitar y desarrollar profesionalmente a sus trabajadores y ofrecen programas de reorientación profesional a los empleados a los que se les ha dado por terminado su contrato de trabajo.
Crean opciones para que los trabajadores tengan participación en la sociedad, a través de la adquisición de acciones. Adicionalmente, amplían los planes de salud y beneficios de bienestar de sus empleados y diseñan también estrategias nutrición salud mental y física, propendiendo por el equilibrio entre la vida laboral la privada de sus trabajadores.
Crean un manual para sus empleados, con el fin de consignar los valores y expectativas de la sociedad.
Brindan opciones de empleo que le permitan a los trabajadores tener flexibilidad en la jornada laboral y crean opciones de teletrabajo, sin afectar la remuneración de los sus trabajadores.
Crean opciones de trabajo para la población estructuralmente desemplea a, tales como los jóvenes en situación de riesgo, individuos sin hogar, reinsertados o personas que han salido de la cárcel.
Expanden la diversidad en la composición de las juntas directivas, equipo directivo, ejecutivo y proveedores, con el fin de incluir en ellos personas pertenecientes a distintas culturas, minorías étnicas, creencias religiosas diversas, con distintas orientaciones sexuales, capacidades físicas heterogéneas y diversidad de género.
Incentivan las actividades de voluntariado y crean alianzas con fundaciones que apoyen obras sociales en interés de la comunidad.
Adquieren bienes o contratan servicios de empresas de origen local o que pertenezcan a mujeres y minorías. Además, dan preferencia en la celebración de contratos a los proveedores de bienes y servicios que implementen normas equitativas y ambientales.
Efectúan, anualmente, auditorías ambientales sobre eficiencia en uso de energía, agua y desechos y divulgan los resultados al público en general y capacitan a sus empleados en la misión social y ambiental de la sociedad.
Supervisan las emisiones de gases invernadero generadas a causa de la actividad empresarial, implementan programas de reciclaje o de reutilización de desperdicios, aumentan progresivamente las fuentes de energía renovable utilizadas por la sociedad y motivan a sus proveedores a realizar sus propias evaluaciones y auditorías ambientales en relación con el uso de electricidad y agua, generación de desechos, emisiones de gases de efecto invernadero y empleo de Energías renovables.
Utilizan sistemas de iluminación energéticamente eficientes y otorgan incentivos los trabajadores por utilizar en su desplazamiento al trabajo, medios de transporte ambientalmente sostenibles.
Divulgan ante sus trabajadores los estados financieros de la sociedad.
Expresan la misión de la sociedad en los diversos documentos de la empresa.
Implementan prácticas de comercio justo y promueven programas para que los proveedores se conviertan en dueños colectivos de la sociedad, con el fin de ayudar a estos para salir de la pobreza.
Ver más características descargando la respectiva ley.
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César Puentes Vargas (jueves, 21 junio 2018 12:07)
Buen día Doctor William Dussán y Doctor Leonardo Varón... Me gustaría saber un poco más de la filosofía de la presente Ley, Qué busca el Estado Colombiano, Hacia Dónde debemos encaminar las Asociaciones o Sociedades ya que no encuentro en el texto de la Ley ningún "Considerando", sencillamente "Decreta" entonces no se explica cuál es la esencia de la misma... Gracias... por sus buenos deseos de compartir sus conocimientos con todos los demás Colegas Colombianos... y Feliz Sampedro Paisanos...
SUHEYDI MARTELO (viernes, 22 junio 2018 20:26)
Me parece muy buena.
MARIAN GARZON (miércoles, 11 julio 2018 11:13)
¿Y el incentivo para el empresario?. Tendrá que ser un proceso por que en estos últimos años se han cerrado empresas y algunas pymes en restructuración, así que por el momento es una utopía.