RELACIÓN DE COSTOS Y GASTOS EN DEVOLUCIÓN DE SALDO A FAVOR
05-02-2021
RELACIÓN DE COSTOS Y GASTOS EN DEVOLUCIÓN DE SALDO A FAVOR
La relación de costos y gastos (Formato 2613), es un requisito que se debe surtir cuando se realiza una solicitud de devolución o compensación de saldos a favor ante la DIAN, se de utilizar el prevalidador diseñado para tal fin y generar un archivo .xml que se carga por la misma ruta que se carga la información exógena DIAN.
Este tema de la relación de costos y gastos ha venido evolucionando desde que fue creado mediante decreto1422 del 6 de agosto de 2019, y hasta el día de hoy, donde tenemos un formato 2613, que es opcional cargarlo para algunos, y obligatorio para otros.
Para entender un poco lo que acabamos de decir, debemos tener en cuenta:
Procedimiento abreviado:
Durante la pandemia ocasionada por el COVID-19, se estableció mediante decreto 535 de abril 10 de 2020 un procedimiento abreviado de devolución y/o compensación de saldos a favor en Renta e IVA, que tuvo unas reglas específicas y que operó hasta el 19 de junio de 2020.
Este procedimiento consistía en que la solicitud de devolución y/o compensación se resolvía en 15 días por parte de la DIAN, y daban un plazo de 30 días posterior a que se levantara la emergencia sanitaria o su prorroga, para enviar la relación de costos y gastos. Dado lo anterior la fecha máxima para todos los que radicaron solicitudes de devolución y/o compensación de saldos a favor entre el 10 de abril y el 19 de junio de 2020, o julio 19 de 2020 para el caso de las solicitudes que fueron inadmitidas y terminaron con este mismo procedimiento abreviado, y que lógicamente les hayan devuelto o compensado algún valor, deberán cargar la relación de costos y gastos obligatoriamente a más tardar el 28 de marzo de 2021.
Esta relación es por tanto obligatoria para
todos los acogidos al procedimiento abreviado, y lo deben hacer en el formato 2613 reportando conceptos generales. Es decir no se debe reportar terceros, solo conceptos generales como por ejemplo
nómina, honorarios, servicios, gastos financieros entre otros. Lo importante es que esa relación de costos y gastos se cargue por cada uno de los años desde donde se venía arrastrando el saldo a
favor y cuyas declaraciones no estén en firme. Es decir por ejemplo si el arrastre del saldo a favor en renta que dio origen a la solicitud se venía imputando o arrastrando desde el año 2014,
debe cargar el reporte de los años cuyas declaraciones de renta no estén en firme. Cada uno deberá revisar la firmeza de las declaraciones.
Procedimiento automático:
Este procedimiento nace con el decreto 963 de julio de 2020 y
establece entre otras cosa, que para las solicitudes de devolución y/o compensación radicadas a partir del primero (1) de enero de 2021, que se soporten con más del ochenta y cinco por ciento
(85%) de los costos o gastos y/o impuestos sobre las ventas -IVA descontables, según sea el caso, mediante el sistema de facturación electrónica de venta con validación previa, se les resuelve la
solicitud dentro de los (15) días hábiles siguientes a la fecha de radicación de la solicitud en debida forma. Para ellos es obligación el cargue del formato 2613 detallando por terceros los
costos y gastos soportados con factura electrónica con validación previa. Todos los demás costos y gastos que no se soporten con factura electrónica, no se detallan por tercero y por el contrario
se reportan por conceptos generales.
Tener en cuenta que si en el año 2021 se va a solicitar devolución y/o compensación del saldo a favor del año
2020 con arrastre de saldos a favor de años anteriores, difícilmente se va cumplir este requisito del 85% que explicamos anteriormente, por lo que el proceso de devolución se va regir por el
procedimiento ordinario, donde la DIAN tiene 50 días para resolver la solicitud, y en este caso el reporte del formato de relación de costos y gastos (Formato 2613) no es obligatorio
cargarlo.
Es decir, a partir del 1 de enero de 2021, toda solicitud de devolución y/o compensación de saldo a favor que se
radique, ya no sería obligatorio el reporte de costos y gastos, a no ser que se quiera acogerse a la devolución automática y se cumpla con sus requisitos. Ahora bien, la DIAN una vez reciba la
solicitud de devolución y/o compensación debe decidir de acuerdo a un análisis de riesgo si el procedimiento se va por el sistema automático o por el procedimiento ordinario. (Las variables que
se utilizan para el análisis de riesgo es de carácter reservado por parte de la entidad).
En conclusión, el reporte de costos y gastos Formato 2613 en este momento para solicitudes que se realicen a partir de 2021 es opcional y si se decide cargar el formato solo es obligatorio por los años cuyas declaraciones aún no están en firme.
Fuente: DIAN
Como se carga la solicitud:
La DIAN tiene un prevalidador para tal fin y se genera un archivo .xml que se carga por la misma ruta por donde se carga la información exógena. Tener presente que este formato debe ser firmado siempre por el representante legal y un contador público si la entidad que estén obligadas a llevar contabilidad. Si se tiene la obligación de tener revisor fiscal, este debe firmar el formato.
Tener en cuenta que cuando se reporten terceros en esta relación, la razón social a reportar debe coincidir exactamente como figura en el RUT, con esto se evitan errores en el proceso de la validación al momento del cargue de la información.
Fuente: DIAN
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Angélica Barragán (miércoles, 16 octubre 2019 08:12)
Excelente aporte. Muchas gracias.
Erik Puentes (miércoles, 16 octubre 2019 08:29)
Muchas gracias, que buena labor la que realizan en esta página. felicitaciones
Wilfredo Del Valle (miércoles, 16 octubre 2019 09:33)
Muchas gracias por el análisis del decreto y el modelo para relacionar los costos y gastos.
Felicitaciones por sus aportes y el apoyo que nos brindan en las actividades diarias.
Luis Motoa (miércoles, 16 octubre 2019 09:42)
Valiosa colaboración señores Consultor Contable.
Solo nos queda a los que hacemos los tramites que la DIAN sea misericordiosa y no nos devuelva los folios porque el tamaño de las hojas es el inadecuado, porque el color de la tinta es muy oscuro o porque no somos ciudadanos delincuentes para los que no existe ley ni pena.
Alejandro Prada Díaz (miércoles, 16 octubre 2019 09:45)
Excelente información, muchas gracias.
Gonzalo Cardenas (miércoles, 16 octubre 2019 09:47)
mil gracias,un complemento importantísimo en nuestra labor
ALCIDES CALLE MARULANDA (miércoles, 16 octubre 2019 10:40)
OTRA OPCION SERIA EL FORMATO 1439 QUE SE REPORTA EN LA DEVOLUCION DE IVA QUE TIENE LOS CONCEPTOS MINIMOS QUE NECESITA LA DIAN PARA VERIFICAR CON LOS PROVEEDORES
Claudia González (miércoles, 16 octubre 2019 11:37)
Buenos días, y gracias por todos sus aportes a nuestra profesión. Tengo esta duda: cuando se trata de devoluciones de saldos a favor en renta, cuantos años hacia atrás hay que soportar el arrastre o certificar las retenciones a favor que le practicaron al contribuyente, ya que la DIAN exige hacia atrás pero las declaraciones ya están en firme; no debería ser desde las declaraciones vigentes hasta la declaración objeto de la solicitud?? que norma regula esto? Gracias.
Monica (miércoles, 16 octubre 2019 11:44)
la normatividad indica que es desde donde se origina el saldo a favor y lo vienes arrastrando, así sean de declaraciones que están en firme.. recuerde que la firmeza no limita a que la DIAN pida los certificados de retenciones en la fuente a favor.. esntonces tanto el reporte 1220 de retenciones en la fuente y de este nuevo reporte de costos y gastos se debe armar un archivo por cada año desde donde se origina el saldo a favor.
Diana p (miércoles, 16 octubre 2019 14:41)
Muchas gracias, por el.aporte y yo que me complique haciéndole tal cual el.texto hace dias atrás presentando.una devolución.
JAIME ALONSO MONTES RAMIREZ (miércoles, 16 octubre 2019 20:15)
El Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, y el decreto 019 de 2012, contemplan la prohibición de solicitar por parte de la Administración documentos que ya reposan en la entidad.
Es necesario indicar que un documento no se limita a un papel; y para el caso que nos ocupa la mayoría de los contribuyentes que sean agentes retenedores ya aportaron la documentación requerida en el formato 1001, por lo que el requisito exigido por la DIAN mediante un decreto atenta contra le seguridad jurídica.
HELENA (viernes, 18 octubre 2019 12:41)
Atenta contra la simplificación de trámites y vuelve complejo un proceso como lo es la reclamación de saldos a favor por renta para personas naturales que solo tienen rentas de trabajo. En cita con la DIAN, un funcionario de la entidad rechazó la solicitud de devolución de una Retefuente, por carecer de un cuadro, donde debe desagregarse información que reposa en DIAN, como son los aportes a seguridad social del contribuyente reclamante; como son también sus cesantías deducibles; así mismo exigió explicar la parte exenta de las rentas de trabajo depuradas, a sabiendas de que la normativa del ET establece que las rentas de trabajo depuradas son exentas en un 25%. No tiene lógica la exigencia de este requisito, en el caso que expongo. Gracias a quienes han aportado sus explicaciones y comentarios en esta página.
JOAQUIN BELTRAN (martes, 22 octubre 2019 10:10)
Muchas gracias por la información, oportuna y clara. Estoy tramitando una solicitud de compensación, incluyendo esta nueva exigencia; espero tener "suerte" con los funcionarios de la Dian.
ADRIANA CALDERON (miércoles, 23 octubre 2019 08:26)
Alguien ya ha realizado la solicitud presentando la relacion de costos y gastos con la opción "a". Si fue aceptada o mejor hacer la detallada de una vez???
Les agradezco
MERY LOPEZ (miércoles, 23 octubre 2019 15:27)
Buenas tardes rengo la siguiente inquietud sobre el tema de la relación de gastos y costos; si lo que piden es una relación de los gastos y cotos que se tuvieron en cuenta en las declaraciones de renta que viene arrastrando el saldo a favor, porque la DIAN en las opciones que da para realizar el reporte indican las facturas de compra de materia prima (invenario), y no indica nada del costeo??
MARTHA PIRAQUIVE (jueves, 24 octubre 2019 18:24)
Esta relación debe cuadrar con la información enviada en medios magnéticos, se debe relacionar cuantías menores? debe cuadrar con los renglones de las declaraciones de renta que hablan de costos?
Es información contable o fiscal la requerida?
gracias
FERMIN (sábado, 26 octubre 2019 12:04)
El 85% de los costos y gastos deben ser por FACTURA ELECTRÓNICA de los proveedores
dora yolanda murillo buitrago (lunes, 28 octubre 2019 16:20)
Muchas gracias por compartir sus aprendizajes y conocimientos. Me ha sido de gran ayuda este articulo ya que es la primera vez que se van a solicitar saldos a favor en la empresa que asesoro.
RICARDO (martes, 29 octubre 2019 08:53)
Que DIOS los Bendiga Grandemente y les siga dando mucha inteligencia y sabiduría.
ADRIANA (martes, 29 octubre 2019 11:23)
Muchas gracias esta información nos ayuda a simplificar nuestra labor, un abrazo
Adriana (lunes, 18 noviembre 2019 11:52)
Gracias por la explicación.
Ahora bien una persona natural que no está obligada a llevar contabilidad está obligada a presentar el reporte con firma de contador público?
Gracias por su colaboración
XIMENA (miércoles, 20 noviembre 2019 13:44)
Es el colmo que la DIAN pida esta información, si es la primera opción de reporte, ellos tienen esa información por medios magnéticos en el formato 1001 por tercero y por el formato 2516 por cuenta. Ganas de complicar los trámites a los contribuyentes, si ya antes era un complique solicitar una devolución, no me quiero imaginar ahora.
A ustedes muchas gracias por la información.
Stella (lunes, 25 noviembre 2019 12:38)
Excelente articulo y archivo. Aunque estoy de acuerdo con Ximena que si ya se reporta el 2516 con esa información para que pedir algo así
Stefania (lunes, 02 diciembre 2019 14:16)
Hola, muchas gracias por la info.
YULY (miércoles, 04 diciembre 2019 10:47)
EXCELENTE GRACIAS POR LA INFORMANCION
Arles Ibarra (jueves, 05 diciembre 2019 11:02)
Muchas gracias por sus aportes y plantillas en todo lo relacionado con lo contable e impuestos.
yineth calderon (miércoles, 18 diciembre 2019 17:35)
buenas tardes con relacion a los costos y gastos que pide la dian en devolucion de saldos de a favor si solo tengo el 25% que se debe hacer gracias
María m (miércoles, 18 diciembre 2019 18:10)
Yinet. Si el 25% te refieres a la renta exenta pues no debes enviar ese reporte. Solo si tienes costos y deducciones.
ALBERTO GIL MARULANDA (miércoles, 08 enero 2020 22:59)
Las personas que hemos hecho los tramites ante la DIAN de devoluciones, finalmente van a validar el tema de los costos y deducciones, se espera que con estos reportes se agilice la Auditoria y los procesos salgan mas rapidos. En cuanto al aporte grande que hace esta pagina nos brinda herramientas valiosisimas para preparar la informacion. Vale indicar que en la DIAN han sugerido cargar estos anexos tanto en la certificacion bancaria como en el cargue del certificado de camara de comercio
Eli Angulo (sábado, 08 febrero 2020 09:01)
Excelente información. Gracias
Luz Stella (martes, 25 febrero 2020 14:03)
Buenas tardes. En los años 2017 y 2018 en Rentas de trabajo, de los renglones 33, 35 y 36 cual de estos renglones es el que se reporta como costos y gastos para solicitar devolución en renta. Gracias
María Antonieta MABMA (viernes, 06 marzo 2020 08:37)
Excelente la pagina, y 100% confiable.
Gracias
Liliana Parra (lunes, 09 marzo 2020 15:57)
Gracias por este trabajo tan excelente. Saludos
MARIA BERTILDA SANTAMARIA OLARTE (viernes, 20 marzo 2020 11:01)
Buenos días:
Por favor si alguien a solicitado devolución de saldo a favor en renta persona natural por rentas de trabajo, agradezco nos cuente breve mente su experiencia y cuanto tiempo demora.
Hernando Rodriguez F (jueves, 16 abril 2020 14:23)
buenas tardes
con relacion a los formatos de cotos y gastos , veo que son muchos los documentos que se deben anexar teiniendo en cuenta que cada empresa mensaulmente emite muchos facturas de compra, y para relacionarlas todas en esos formatos que , los archivos quedarian muy pesados , estamos hablando de mas de 500 facturas por cada concepto en el caso de nosotros , no se como pretenden que se manden tanta informacion en esos cuadros lo veo muy complicado
ALBERTO QUINTERO (lunes, 20 abril 2020 19:18)
Realmente no hay necesidad de desgastarnos con la opcion dos de costos y deducciones , que como varias colegas lo duicen es demasiado complejo; si la Dian da dos opciones porque irnos por la mas dificil, opten por la uno, yo ya lo hecho para personas naturales sin firma electronica y tambien para entidades juridicas con firma electronica y pasa, pues ellos mismos dieron la opcion de hacerlo abreviado.
Tengo la sgte inquietud, si una entidad juridica viene arrastrando un saldo hace varios años y en medio de eso hubo cambios de revisor fiscal o representante legal hay que enviar el certificado de representacion legal historico de camara de comercio y resulta que en las camaras de comercio en ninguna oficina esta trabajando y este tramite no lo sacan virtualmente; entonces que hacemos si ese es un requisito obligatorio??
Manuel (lunes, 20 abril 2020 19:19)
Si, toca hacerlo saber a la DIAN, no pueden pedir algo que es imposible conseguir.
JAVIER GALAN (martes, 05 mayo 2020 11:01)
Ecelente y oportuna ayuda para el desarrollo eficiente de la actividad ante la DIAN
para realizar el trámite de devoluciones desaldos a favor.
Se destaca su apoyo académico para los profesionales de Contaduria, pues disponemos de información clara, fundamentada bajo el marco legal y oportuna para nuestras consultas diarias.
Infinitas gracias.
HERNANDO GONZALEZ DOMINGUEZ (lunes, 25 mayo 2020 11:43)
MUCHAS GRACIAS
con la presencia del covid-19 nos toca replantear nuetras vidas incluida nuestra profesion; deberias reformar nuestras Profesion todos contadores incluidos en un grupo donde podamos cada uno de nosotros aportes las herramientas y algunos tips de nuestra trabajo para compartirlos con los colegas
creo que gamanos mas dejando en buen NOMBRE LA PROFESION
ROSA SANCHEZ (viernes, 12 junio 2020 10:49)
Buenos días: Cuando el saldo viene por arrastre, se debe bajar un prevalidador por año? muchas gracias
Myriam Olarte Rodriguez (domingo, 14 junio 2020 12:20)
Muchas gracias por sus excelentes aportes, conocimiento y plantillas, son una ayuda valiosa para ejercer apropiadamente nuestra profesión.
Mi empresa es una persona juridica que presta servicios de revisoria fiscal. La mayo parte de los gstos de la empresa se jecutan a través de la tarjeta empresarial de la empresa a nombre de la representante legal. Por favor me pueden indicar para este caso, el tercero a reportar es el nombre del banco que emitió la tarjeta y cual es el concepto mas adecuado ?
Les agradezco me puedan ayudar a aclarar estas respuestas?
Luz Dary Ospina (miércoles, 22 julio 2020 18:10)
Mil y mil gracias, al fin un aporte claro y detallado ante las dificultades que se presentan en el portal de la Dian. Merecidos éxitos
Daniel Barragán (miércoles, 29 julio 2020 15:19)
Tengo una duda si los conceptos de los costos y gastos se pueden agregar mas o solo se puede enviar con esos tres que muestra el instructivo?
Amparo Morales (martes, 04 agosto 2020 17:18)
Buenas tardes
Alguien puede hacerme el favor de decirme si en el formato 2613 de costos y deducciones van cuantías menores
Antonio Mendieta (miércoles, 05 agosto 2020 16:30)
Tengo inquietudes respecto de la devolución de saldos a favor renta. A la fecha no se puede enviar la relación de costos gastos y deducciones en archivo pdf, al parecer ahora toca por medio de la bandeja de entrada, la pregunta es ¿Cual es el prevalidador Dian para el formato 2613?
ALEXANDER ROMERO G (jueves, 06 agosto 2020 17:58)
Buenas tardes. el diligenciamiento de los costos y deducciones, se puede hacer con el prevalidador de saldos a favor. te permite llenar el formulario tal cual como se diligencio el 1220.
hay informaciòn precisa, como nit y valores. se lleva a la bandeja de entrada y haces envio, tal como si hicieras la exogena
gustavo bahamon (viernes, 02 octubre 2020 17:31)
en el formato 2613 como persona natural, solo puedo deducir el dependiente economico y el 25% de renta exenta, ese valor total lo coloco en la hoja 1 sin facturar electronicamente?, para este caso no se utiliza la hoja 2?
gracias
Yorleny (viernes, 16 octubre 2020 12:48)
Alguien a podido diligencia el formulario 2613 hoja 2, con la opción de copiar y pegar o se deberá realizar linea por linea lo digo porque tengo 1500 líneas para registrar y me quedaría mas fácil copiar y pegar, proceso que he realizado pero al momento de pegar queda espacios sin llenar.
agradezco si me pueden ayudar.
María Antonieta (jueves, 22 octubre 2020 21:49)
Buenas noches, tengo muchas inquietudes respecto de la devolución de saldos a favor renta, con respecto a la relación de costos gastos y deducciones; es para una persona natural sin firma electrónica. En el año 2018 fue trabajador de nomina y no se de que renglón hay que relacionar los costos y gastos. Para el año 2019 hay costos y deducciones del renglón 33, como trabajador independiente de transporte de personas. La pregunta es como debo hacer esta relación de costos y gastos de los 2 años. gradeceré su colaboración.
Cesar Caicedo (viernes, 05 febrero 2021 17:59)
Totalmente de acuerdo con Luis Motoa, no solo con las devoluciones, con la DIAN todo es un problema. Ahora su misión es bloquear los tramites y buscar recaudo a como de lugar, hasta la convocatoria que salió para las nuevas 1500 posiciones la obstruyeron.
mARCELA (viernes, 26 febrero 2021 06:53)
Muchas gracias
Julieth (jueves, 18 marzo 2021 17:17)
Buenas tardes,
Tengo una consulta el archivo XML lo debe firmar el representante legal y el Revisor Fiscal?
Gracias por su atención
Natalia (jueves, 25 marzo 2021 17:07)
Buenas tardes, al haberse modificado la fecha de la emergencia sanitaria se aplaza también el envío de este 2613 o ya para esto es la ultima fecha?
Germán Alzate (jueves, 03 junio 2021 11:05)
Excelente análisis Dr. Dussan. ¡Muchas gracias!