INFORMACIÓN EXOGENA AÑO 2016
INFORMACIÓN EXOGENA AÑO 2016
17-04-2017
Mediante resolución 112 del 29 de octubre de 2015 la DIAN estableció los obligados a reportar información exógena por el año gravable 2016, información que se reportaría en el año 2017.
Ver al final modificaciones posteriores. y resoluciones nuevas (New)
Si desea consultar los formatos y normatividad de la información exogena por los años gravables 2015 2014, 2013, 2012, 2011 y 2010, puede consultar los siguientes enlaces:
William Dussán Salazar
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FANNY RODRIGUZ PRADA (miércoles, 01 marzo 2017 08:25)
MUY BUENOS FELICITACIONES, ESTA ES L INFORMACION UE NCSITAMOS
FELICITACINES
sara constanza lara falla (miércoles, 01 marzo 2017 10:04)
Muchas gracias por sus aportes. Nos facilitan mucho el trabajo. Felicidades y Exitos
Martha Sarmiento (miércoles, 01 marzo 2017 10:48)
Mil gracias por toda la ayuda que nos prestan
Maribel Vega (miércoles, 01 marzo 2017 17:47)
como siempre muy oportunos y una excelente herramienta.. muchas gracias!!!!
Mary Luz Chaparro Salazar (jueves, 02 marzo 2017 10:16)
Muchas gracias colegas.... Dios los bendiga.
GERARDO MARTINEZ (viernes, 03 marzo 2017 06:06)
Gracias por el Regalo esta excelente, Felicidades que Dios los Bendiga.
Hernan Salcedo (miércoles, 08 marzo 2017 08:53)
Gracias excelente aporte hacen al gremio colegas, según lo indican ustedes, este año toca reportar todas las cuantías menores del concepto 5001 de empleados o del total de todo el formato 1001 y 1008 así sean $1.000 pesos? agradezco la aclaración.
jaime (miércoles, 08 marzo 2017 08:54)
Hernan, si segun la norma todo así sea un peso.
que camello no
Hernan Salcedo (jueves, 09 marzo 2017 08:30)
Jaime ya encontré en la resolución donde indican que todas las cuantías menores pero solo del concepto 5001, lo que si me queda la duda es respecto al (email en el formato 2276) de cada empleado como lo mencionan arriba en el numeral 2 de esta publicación.
Gracias Cordial saludo.
jaime (jueves, 09 marzo 2017 08:36)
Hernan, no solo el concepto 5001 del formato 1001 además. se deben reportar todas las cuentas por pagar y cuentas por cobrar de los formatos 1008 y 1009 sin importar el monto.
Angie Perez (miércoles, 22 marzo 2017 08:58)
Buen dia muchas gracias por la información, para abrir el archivo cual es la clave?
WilliamDS (miércoles, 22 marzo 2017 09:00)
De cual archivo?.. en teoría no tienen clave.
Angie Perez (miércoles, 22 marzo 2017 09:18)
El del la Resolución 0016 de 2017- al dar descargar pide una clave. gracias
Humberto (miércoles, 22 marzo 2017 09:19)
Muchas gracias por su informacion
Gina García (jueves, 23 marzo 2017 10:35)
Muchas gracias, y gracias por actualizar la información sobre los nuevos vencimientos,
ADRIANA BARRERA (viernes, 24 marzo 2017 20:37)
Muy buenas herramientas.gracias
JUAN RENDON (miércoles, 29 marzo 2017 12:43)
MUCHAS GRACIAS POR EL DETALLE
Ethel Julieth (jueves, 06 abril 2017 23:37)
Muchas gracias, valiosa información
Liliana Cortes (lunes, 10 abril 2017 14:40)
Muchas gracias por su valiosa ayuda
johana (lunes, 10 abril 2017 15:04)
La informacion exogena lleva algo de niif ?
Lili (lunes, 10 abril 2017 15:15)
Johana.
es solo fiscal..
Luis (lunes, 17 abril 2017 19:48)
Gracias por la Información de última hora. El único inconveniente es que tendrá la Dian que modificar el Prevalidador ya que no está permitiendo utilizar registros con identificación 222222222 (CUANTÍAS MENORES) como lo indica esta nueva resolución.
Hernando (lunes, 17 abril 2017 19:50)
Luis, pero lo descargaste hoy?
Silvia Gaviria Gomez (martes, 18 abril 2017 08:21)
Buenos dias, valiosa informacion muchisimas gracias
Beatriz Betancourt (miércoles, 19 abril 2017 09:15)
Gracias por publicar la información tan útil y de forma generosa sin restricciones.
JOSE DIAZ (miércoles, 19 abril 2017 10:15)
Gracias felicitaciones
WilliamDS (miércoles, 19 abril 2017 12:34)
Para el año gravable 2016 según la resolución 022 no se reportarían las cuantias menores. siemplemente se sacan del reporte y no se informan.. es por esto que el prevalidador no permite poner el 222222222.
Angélica Barragán (jueves, 20 abril 2017 14:11)
Buenas tardes, Quisiera saber si alguno me puede indicar si una empresa creada en el año 2016 debe presentar la información exógena, ya que reviso las resoluciones y otros documentos y no menciona nada.
Gracias.
WilliamDS (jueves, 20 abril 2017)
Angelica, en ese caso solo reporta el formato 1001 si durante el año 2016 efectuó retenciones en la fuente. de resto no presenta nada dado que la base para estar obligado a reportar todos los formatos se basa en los ingresos del año gravable 2014.
Jose Villa (domingo, 23 abril 2017 21:07)
No todo mundo debe reportar la información de PASIVOS Y CUENTAS POR COBRAR. Por ejemplo, LOS AGENTES DE RETENCION enunciados en el LITERAL "c" del ARTICULO "4" de la RESOLUCION 112 del 29/10/2015, SOLO ESTAN OBLIGADOS A SUMINISTRAR LA INFORMACION DE QUE TRATAN LOS LITERALES "b" Y "e" del artículo 631 del E.T. de conformidad con los establecido en el numeral "18.2" del artículo "18" de la mencionada resolución 112.
El literal "b" referido trata de "Apellidos y nombres o razón social y NIT de cada una de las personas o entidades a quienes se les practicó retención en la fuente, con indicación del concepto, valor del pago o abono sujeto a retención, y valor retenido"
El literal "e" referido trata de "Apellidos y nombres o razón social y NIT de cada uno de los beneficiarios de pagos o abonos, que constituyan costo, deducción o den derecho a impuesto descontable, incluida la compra de activos fijos o movibles"
Armando Pineda Gómez (miércoles, 26 abril 2017 19:06)
Buenas noches, felicitarlos por su excelente herramienta que nos ayuda día a día en las empresas a generar agilidad y puntualidad en la entrega de la información, que Dios los bendiga por tan excelente trabajo.
kelly (jueves, 27 abril 2017 11:42)
Tengo una duda referente a los formatos 1008 y 1009 ya que el prevalidador no deja usar el 222222222 cuantias menores y con la ultima resolucion 22 del 10 de abril volvieron a colocar cuantias para reportar, se supone entonces que si deberiamos utilizar las cuantias menores para reportar los demas terceros que no cumplan con la cuantia de $500.000 para reportar individualmente, que se debe hacer ?? reportar cualquier monto??
WilliamDS (jueves, 27 abril 2017 12:16)
Kelly,
Al respecto queremos comunicar que la resolución 022 del 10 de abril modificó la resolución 112 de octubre de 2005 y eliminó el reporte de cuantías menores para este año 2016 que se reporta en 2017. Es decir usted solo debe informar los deudores y pasivos mayores a $500.000 o $1.000.000 de acuerdo al nivel de deudores o pasivos totales, pero esas cuantías menores simplemente no se reportan.
No se reportan ni con el 222222222 ni con el NIT de la empresa que informa, simplemente no las reportamos.
No nos confundamos al leer esta resolución 022 dado que allí se modifica el reporte de información para 2016 que estamos presentado actualmente y la resolución 068 de octubre de 2016 que rige para el año gravable 2017 que se reporta en 2018, en donde si reviven el uso del 222222222.
lucy (viernes, 28 abril 2017 15:02)
buen dia, tengo una duda, sobre las cuantias menores del formato 1001, estas cambiaron? o siguen siendo $100.000?
gracias
Jorge (viernes, 28 abril 2017 15:13)
Lucy, sigue igual
lucy (viernes, 28 abril 2017 17:17)
muchas gracias!!
Consuelo (lunes, 01 mayo 2017 17:44)
Buenas tardes tengo una pregunta con respecto al formato 1001 también se debe reportar la cuenta 6 de costos. Gracias
WilliamDS (lunes, 01 mayo 2017 17:59)
Si la cuenta de costos se contabiliza por el costeo , es decir lo que sale de la cuenta 14. no se reporta.
ahora si por casualidad llevas costos directamente a la cuenta 6, eso si se reporta.
en conclusión, debes es reportar las compras de inventarios, algo así como el debito de la cuenta 14.
Javier (martes, 02 mayo 2017 10:54)
Definitivamente Ustedes si superaron a todos los demás, son un excelente medio de apoyo a nuestra labor diaria. Con conocimiento de causa, son los mejores.
Consuelo (miércoles, 03 mayo 2017 16:23)
William gracias por su respuesta.
Esos costo (cta 6) que voy a reportar en el formato 1001 tengo que reportarlos en cada uno de los conceptos al igual que hice con la cuenta 5.
Gracias
WilliamDS (miércoles, 03 mayo 2017 16:30)
Consuelo, Si lo llevaste a la cuenta 6 directamente sin pasar por la 14 debiendo hacerlo, considero debe reportarlo es como compra de inventarios concepto 5007.
De lo contrario debes usar cada concepto.. aunque no es lo normal
Consuelo (miércoles, 03 mayo 2017 17:35)
Lo que pasa es que la empresa es de régimen especial ella presenta anualmente Declaración de Ingresos y patrimonio y la cuenta 14 no existe en esta empresa.
Tiene la cta 5 Gastos operacionales de admon. y la cta 6 en ella se causa todos los costos del que genera un colegio.
Gracias
LUZ AIDA (miércoles, 03 mayo 2017 20:07)
Muchas gracias por la información publicada y la ayuda que recibimos de manera tan generosa y sin ningún interes. Dios les bendiga y les provea todo lo mejor.
Jeniffer Barrera (jueves, 04 mayo 2017 13:37)
Buenas tardes, mi empresa tuvo ingresos en año 2016 por 319 millones, por favor me pueden orientar ¿qué reportes de presentar como exogena a la DIAN? agradezco infinitamente sus comentarios.
Jhon Marin (viernes, 05 mayo 2017 17:20)
Muchas gracias, excelente información y herramienta, muy buen trabajo.
patricia (viernes, 05 mayo 2017 18:48)
Me uno a los demás miembros de la comunidad contable para agradecerles este grandioso detalle. Que Dios los continue bendiciondo por hacer nuestra labor mas grata.
Rodrigo Farfan (domingo, 07 mayo 2017 19:27)
felicitaciones, excelente información
Sandra Rocío (martes, 09 mayo 2017 00:03)
Muchas gracias por la información y publicar las respuestas para todo el público, los felicito por compartir la información, saludos cordiales y muy buen trabajo.
BLEIDIS (jueves, 11 mayo 2017 16:31)
Muchas gracias.
CAMILO CÓRDOBA ARCE (sábado, 13 mayo 2017 05:30)
Me parece que se está interpretando mal el tema de las cuentás menores para los formatos 1008 y 1009 por el año 2016, toda vez que se está afirmando que los saldos inferiores a $500.000 no se deben reportar; la verdad es que la resolución 0000112 establece en su artículo 18.7 que "Información de los deudores de créditos activos a 31 de diciembre. Conforme con lo establecido por el literal i) del artículo 631 del Estatuto Tributario, los obligados a presentar
información, deberán suministrar apellidos y nombres o razón social, identificación, dirección y país de residencia o domicilio de cada uno de los deudores por concepto de créditos activos, sin importar el monto".
Ojo con las últimas 4 palabras del texto "sin importar el monto"
Manuel (sábado, 13 mayo 2017 08:36)
Camilo. Lo que pasa es que la resolución 112 fue modificada con la 084 en la que modifican ese tema. Favor leer
Diana Quintero (miércoles, 17 mayo 2017 16:42)
Buenas tardes.
Los pagos efectuados en el año 2016 a trabajadores independientes catalogados en la categoría de empleados, se les debe expedir el certificado de ingresos y retenciones para personas naturales empleados? y por lo tanto reportarlos en el formato 2276 de la información exógena?
ANA JAZMIN (lunes, 22 mayo 2017 07:57)
Si la PN no acumula ingresos 500millones en el 2014 y no es agente retencion fuente, pero en el 2016 debió reportar $2.560.000 acumulado por Iva Teórico. Estará obligado a elaborar y reportar exogena formato 1001 por el año 2016? seguirá vigente que si no supera $3 millones acumulados de retenciones no reportará exogena ningun formato?acumulado no supere $3 millones de retenciones no reportar exogena ninguna? Gracias
LUCY (lunes, 22 mayo 2017 20:44)
Buenas noches, de casualidad alguien tiene un cuadro resumen de formatos y obligados a presentar cada formato? con todo esto de la resolución 112 y que fue modificada por las 0084 y luego complementada con la 022, estoy medio confundida. Muchas gracias
WilliamDS (lunes, 22 mayo 2017 20:52)
Lucy, ver https://www.consultorcontable.com/quienes-reportan-medios/
LUCY (lunes, 22 mayo 2017 22:11)
Muchas gracias William.
MYRIAM (miércoles, 24 mayo 2017 10:02)
Por favor tengo la duda ls copropiedades deben reportar el iva llevado como costo o gasto año 2016 y solamente es retención practicadas muchas gracias
Myriam
maria perdomo (miércoles, 24 mayo 2017 14:09)
como se reporta la informacion del codigo 5046 del formato 1001, cuando se enajenan activos fijos?
Flor de María (jueves, 25 mayo 2017 22:05)
Buenas noches si hay una empresa constituida 2014 pero entran en marzo de 2015 a hacer operaciones, según resolución 112 de 2015, que formato de exogena presenta
Carolina (viernes, 01 septiembre 2017 10:26)
Buen dia
Inicie una SAS en abril 2016... debo presentar medios magneticos?
Gracias
LUZ ANGELA ROMERO O (miércoles, 13 septiembre 2017 14:42)
SOBRE CUALES FORMATOS PARA PERSONA NATURAL SE LIQUIDA SANCIÓN POR INFORMACIÓN EXÓGENA 2016 PRESENTADA EN EL 2017.
GRACIAS
OSCAR (miércoles, 13 septiembre 2017 16:02)
El formato 1476 version 9 para suministrar información exógena del predial a la DIAN no figura en el PREVALIDADOR DIAN del 2016, me pueden informar si esta información es obligatoria y si es así como puedo obtener el PREVALIDADOR con este formato?
fany (miércoles, 13 septiembre 2017 16:03)
Oscar, ese formato está en otro prevalidador que encuentra donde descargó el normal que se usa para otros formatos
OSCAR (miércoles, 13 septiembre 2017 16:06)
Gracias Fany, pero Como lo encuentro en la pagina de la DIAN ya que no lo veo por ningún lado
WilliamDS (miércoles, 13 septiembre 2017 16:08)
Oscar revise este link. formato para gobernaciones alcaldias
http://www.dian.gov.co/dian/15servicios.nsf/pages/Informacion_Tributaria_Vigencia_2016
OSCAR (miércoles, 13 septiembre 2017 16:27)
Gracias William ya lo encontré en ese Link, pero me parece curioso que no aparezca en el de personas naturales. Se aprende todos los dias
WilliamDS (miércoles, 13 septiembre 2017 16:40)
Ojo, porque ese formato de prediales lo usa son las alcaldias.. nadie mas reporta eso.
Dulmar Tovar (jueves, 19 octubre 2017 08:47)
Buenos Días Señores
Gracias por sus herramientas y sus valiosos comentarios, tengo una inquietud que pasa con ese reporte de la DIAN que le esta llegando a las personas naturales para que reporten medios magnéticos desde la vigencia 2015 según ellos argumentan que por los ingresos brutos que superen los $ 500 millones da base para reportar pero la pregunta es los ingresos deberían corresponder a las actividades ordinarios es decir a su actividad principal, es decir por ejemplo un independiente que genera honorarios vende un inmueble y este le genera que sus ingresos brutos superen los $ 500 millones automáticamente queda matriculado con medios magnéticos estos es viable o se puede hacer una depuración del ingreso ante la DIAN, que formatos tendría que reportar una persona natural en medios ???? Agradezco su atención y respuesta a esta inquietud.
INES (viernes, 20 octubre 2017 16:23)
En que formatos reporta una persona natural lo deducido por dependientes económicos y el 25% exento de los ingresos laborales
Juan Carlos Naizaque (sábado, 21 octubre 2017 09:47)
Cordial saludo, alguien me puede orientar, como liquidar una sanción por extemporaneidad de información exogena del año 2016. Saludos.
Cristina (martes, 24 octubre 2017 18:09)
La sanción por extemporaneidad en la presentación de la información tributaria se liquida sobre la totalidad de las cifras informadas, restando de ese total las que se encuentren duplicadas (es decir que se debe tener en cuenta que un mismo valor puede estar reportado en varios formatos, pero solo se sumará una vez para hacer parte de la base de la sanción)
Sobre ese monto se aplica el 3% (ítem c del numeral 1 del articulo 651 del ET)
A continuación, se puede reducir la sanción de dos maneras: al 20% si se cumple el parágrafo del artículo 651 del ET; y, la reducción al 50% según el numeral 1 del 640
EDDY JOHN (domingo, 01 abril 2018 14:34)
Buenas Tardes.
Alguién me podría hacer el favor de ayudarme a conseguir plantillas en excel para la renta (Formulario 110) y medios magnéticos nacionales a presentar en el 2018 es decir año gravable 2017, o sino dónde los puedo encontrar.
Mi mail es tributarista777@hotmail.com
Muchas Gracias.
ConsueloC (lunes, 02 abril 2018 15:54)
Buenas tardes. Una SAS, creada en Octubre de 2016. Obtuvo ingresos en el 2017 por $ 7.535.000 No esta obligada a presentar exogena, segun lo consultado en las resoluciones para tal Fin. Pero canceló salarios. Debo presentar el Formato 2276? y me podrian colaborar indicandome que otros formatos? Gracias por su colaboracion
Néstor (miércoles, 04 abril 2018 16:02)
por favor me podrían indicar donde puedo bajar el listado de los formatos que se requieren para la presentación de la información exogena, mil gracias.
MARY LUZ (viernes, 06 abril 2018 10:55)
BUEN DIA, SI ALGUIEN PUEDE COLABORARME CON EXPLICARME RESPECTO LA PRESENTACION DE EXOGENA 2016 , YA QUE ESTOY CORRIGIENDO EL FORMATO 1001, DONDE UBICO MIS RETENCIONES PRACTICADAS EN LA COLUMNA RETENCIONES PRACTICADAS CELDA-S O DISTRIBUYO EN LA CELDA U Y V LAS RETENCIONES PRACTIVADAS DEL COMUN Y EL SIMPLIFICADO.? AGRADECIENDO SU ATENCION