1-10-2021
DEVOLUCION DE SALDO A FAVOR PARA PRODUCTORES DE BIENES EXENTOS
Le reciente Ley de reforma tributaria (Ley 2155 de 2021) en su art. 18 estableció una regla especial para proceder de manera automática a devolver los saldos a favor de forma bimestral cuando sus IVA descontable esté soportado por facturas electrónicas.
Esto corresponde una excepción a la regla general del art. 477 del ET.
Para obtener esta devolución automática que se establece en el art. 855 del ET, se debe soportar los impuestos descontables en un cien por ciento en facturas electrónicas. Esto a primera vista pareciera difícil, pero recordemos que en Colombia ya a estas alturas todos los facturadores deben estar haciéndolo mediante este sistema electrónico.
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