DEVOLUCIÓN Y/O COMPENSACIÓN ABREVIADA DE SALDOS A FAVOR 


 

11-04-2020


 

DEVOLUCIÓN Y/O COMPENSACIÓN ABREVIADA DE SALDOS A FAVOR

 

Por medio del decreto 535 del 10 de abril de 2020 se adoptan medidas para establecer un procedimiento abreviado de devolución y/o compensación de saldos a favor de los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios y del impuesto sobre las ventas -IVA, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica. 

 

Características de este procedimiento:

 

Aplica para saldos a favor en renta e IVA

 

El procedimiento abreviado estará vigente mientras dure la emergencia sanitaria. (Hasta 19 Junio de 2020)

 

Los contribuyentes no deben ser calificados como de riesgo alto en materia tributaria.

 

El dinero de devolverá dentro de los quince (15) días siguientes a la fecha de presentación de la solicitud devolución y/o compensación oportunamente y en debida forma.

 

No se tendrán en cuenta los requisitos del parágrafo 5 del art. 855 del ET que indica que más del ochenta y cinco por ciento (85%) de los costos o gastos y/o impuestos sobre las ventas descontables provengan de proveedores que emitan sus facturas mediante el mecanismo de factura electrónica.

 

Cuando el contribuyente sea calificado de riesgo alto en materia tributaria, corresponderá a cada Dirección Seccional tomar entre dos determinaciones, dentro quince (15) días siguientes a la fecha de la solicitud. a) Suspender el proceso; b) Autorizar la devolución y/ compensación, pero informar a fiscalización para que inicie proceso de revisión posterior a la devolución y una vez termine la declaratoria de emergencia.

 

La pregunta del millón, es que se entiende por riesgo algo en materia tributaria?

 

No será requisito anexar la relación de costos, gastos y deducciones para el trámite de solicitudes de devolución y/o compensación en el impuesto de renta. Este reporte se debe entregar  dentro de los treinta días calendario (30) siguientes al levantamiento de la Emergencia Sanitaria o su prórroga. (En este momento el plazo vence el 28 de marzo de 2021)  Ver

 

Los procesos que se encuentren en curso regresarán al área de devoluciones para iniciar el procedimiento abreviado de devolución y/o compensación para agilizar el proceso.

 

Las solicitudes de devolución y/o compensación que se encuentren en trámite a través del procedimiento abreviado al momento de terminación de la Emergencia Sanitaria finalizarán con este procedimiento. (Asi exista inadmisorio teminará el proceso bajo el procedimiento abreviado)

 

Por otro lado el decreto aunque no menciona nada del formato 1220 para relacionar las retenciones en la fuente de cada uno de los años desde donde se viene arrastrando el saldo a favor en renta, ni los otros requisitos como certificación bancaria, certificados de cámara de comercio y de históricos de revisor fiscal. Estos requisitos permanecen iguales que en el anterior procedimiento.

 

Tener presente que el formato 1220 debe estar firmado por el representante legal y por el contador o revisor fiscal para el caso de personas jurídicas.

 

Si desde que se viene arrastrando el saldo a favor que se va solicitar en devolución y/o compensación se arrastró saldo a favor del CREE, se debe diligenciar un formato 1220 con las autorretenciones del CREE. Se debe diligenciar manualmente y firmarlo litogróficamente por representante y por contador y/o revisor fiscal, escanearlo y adjuntarlo en la zona por donde se carga la certificación bancaria. No olvidar que se debe diliganciar un formato por cada año donde se tenga arrastre de saldo a favor del CREE. Se publica formato 1220 en PDF para este caso particular de la autorretención CREE.      

 

Formatos, normatividad y Tips aquí


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Decreto 535 del 10 de abril de 2020
DECRETO 535 DEL 10 DE ABRIL DE 2020 - De
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Formato 1220 PDF para cargue de autorretenciones CREE
F 1220 PARA CARGUE MANUAL.pdf
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Publicamos documento emitido por la DIAN

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Circualar 006 del 18 abril 2020
Circular 000006 de 18-04-2020.pdf
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Circular 005 16 abril 2020 Devolución abreviada
Circular 000005 de 16-04-2020.pdf
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Circular interna Dian
CIRCULA INT 0011 16-4-2020 ESTADO EMERGE
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Wiliam Dussán Salazar

Editor de impuestos de www.consultorcontable.com

@williamduss



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Comentarios: 46
  • #1

    jorge Antonio (sábado, 11 abril 2020 19:44)

    Preocupa es que luego empiecen la revisión y por cualquier cosa nos jodan..Ya sabemos que la DIAN no es de confiar, o será que los funcionarios cambian luego del coronavirus)

  • #2

    MARTHA (domingo, 12 abril 2020 10:01)

    Gracias. Vamos a intentar pedir un saldo a ver que tan a abreviado es

  • #3

    MAx (lunes, 13 abril 2020 15:18)

    Y se puede presentar la devolución de la renta del año 2019?

  • #4

    René Salazar (martes, 14 abril 2020 10:41)

    Cordial saludo, debemos diferenciar entre:
    Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica que va por el momento hasta el 26 de abril del 2020 según Decreto 417 de marzo 17 del 2020.
    Emergencia Sanitaria va hasta el 30 de mayo del 2020 según resolución 385 del 12 de marzo del 2020.
    LA DEVOLUCION ABREVIADA VA HASTA TANTO ESTE LA EMERGENCIA SANITARIA.

  • #5

    Oscar (martes, 14 abril 2020 14:00)

    El director de la DIAN dijo: "Si usted tiene un saldo a favor en su declaración de renta que va a presentar próximamente, puede esperar que esa caja del saldo a favor le va a llegar en menos de 15 días", explicó José Andrés Romero, director de la DIAN.

    Eso quiere decir que quitaran el requisito de los 2 años, y se podrá solicitar el saldo a favor generado el año pasado?

  • #6

    Manuel (martes, 14 abril 2020 14:03)

    Oscar, los dos años es el plazo que tiene para pedir el saldo.. pero apenas se presenta la declaración de puede solicitar-

  • #7

    MYRIAM (martes, 14 abril 2020 18:14)

    hola cual es la pagina para solicitar la devolucion con firma electronica?

  • #8

    MARIA VARELA (miércoles, 15 abril 2020 02:08)

    me pueden facilitar por favor los formatos 010 y 1220 en excel para diligenciar .mil gracias. mi correo mariae595@hotmail.com

  • #9

    Juan Carlos Rodriguez (miércoles, 15 abril 2020 16:41)

    soy persona Natural mis saldos a favor son por prestación de servicios en los años 2015, 2016 y 2017 y como empleado.
    pregunta la relación de costos y gastos del año o años que se están solicitando es obligatoria para personas naturales o aplica para todo el mundo.

  • #10

    Gloria Arias (jueves, 16 abril 2020 13:19)

    Buenas tardes me pueden facilitar el formato 010 en excel o editable al correo gloriasmith90@hotmail.com

  • #11

    claudia Mesa (sábado, 18 abril 2020 11:10)

    buen dia agradeceria si alguien me puede facilitar el formato 010 editable para poderlo diligenciar. mi correo es claueri7@hotmail.com. gracias de nuevo

  • #12

    Javier (sábado, 18 abril 2020 13:02)

    Buen dia, alquien sabe si para devolucion de saldos a favor en renta tambien solicitan relacion de costos y gastos? y los certificados de retencion? Mil gracias.

  • #13

    Hernan Saavedra (sábado, 18 abril 2020 20:50)

    Cordial saludo, para dar claridad a este procedimientos, los independientes que tienen saldo a favor en su declaración del año 2018 pueden realizar la solicitud del saldo a favor a través del método abreviado que menciona el decreto

  • #14

    Jorge (domingo, 19 abril 2020 13:03)

    Sera q para pagos en exceso en iva se puede solicitar la devolucion?
    Gracias.

  • #15

    FABIO (domingo, 19 abril 2020 14:09)

    Me pueden facilitar por favor los formatos 010 y 1220 en excel para diligenciar .mil gracias. Ademas de estos que otros formularios requiero llenar para solicitar saldo a favor por renta.

    Mil gracias.

  • #16

    Claudia niño (lunes, 20 abril 2020 00:15)

    Buenas noches alguien me podría facilitar formato 010 y 1220 editable para diligenciar y si se pueden el 1336 y 1668 no tengo firma digital me toca diligenciar esos 4 formularios gracias cninocastillo@yahoo.es

  • #17

    Alejandro Gutierrez (lunes, 20 abril 2020 13:36)

    Buenas tardes, por favor me facilitan el formato 010 en excel, editable para diligenciamiento. Mi correo:
    jagutilo@gmail.com

    Gracias

  • #18

    Pilar Fandiño (martes, 21 abril 2020 10:06)

    Buenas tardes, por favor me facilitan el formato 010 en excel, editable para diligenciamiento. Mi correo:
    mpfandiño@gmail.com
    Muchas gracias

  • #19

    cesar napoleon (martes, 21 abril 2020 10:59)

    Buenas, una consulta. Tengo un saldo acumulado de varios años, para solicitar la devolucion se debe hacer por todo el saldo a favor, o se puede hacer por ejemplo solo el saldo de los 2 ultimos años?

  • #20

    jessica pinto (martes, 21 abril 2020 17:26)

    buenas tardes, una consulta, para solicitar el saldo a favor de iva se debe anexar el formato 1439 o ese se puede anexar en los 30 dias siguientes desppues de levantada la emergencia?

  • #21

    LIDA MORA (miércoles, 22 abril 2020 11:31)

    Buenos días. Por favor, alguien me puede facilitar formatos 010, 1220 y 1668 editables. No poseo firma digital. Correo electrónico: lidajanethmm@hotmail.com

    Gracias.

  • #22

    cesar florez (lunes, 27 abril 2020 09:30)

    Buenos días, me puede hacer el favor y enviarme el formato 010, 1220 y 1668 editables al correo electrónico cesarflorezv@gmail.com

    Gracias


  • #23

    Angela (lunes, 27 abril 2020 10:02)

    Buen días bendiciones, a hoy seguimos en emergencia, hablo en nombre de una empresa Juridica, por favor si alguien sabe tengo en revisión por parte de la DIAN la declaracion de renta año 2018, con saldo a favor. PUEDO HACER TRAMITE PARA SOLICITARLA esta en le departamento de Auditoria I, de la DIAN. Si alguien sabe leo su comentarios

  • #24

    Ariel Diaz (miércoles, 06 mayo 2020 10:03)

    Buenos dias
    Como se carga el formato 1668 en el tramite devolucion saldo a favor con firma digital
    no lo deja anexar. Gracias

  • #25

    Erik (miércoles, 06 mayo 2020 10:24)

    Ariel, tengo el mismo problema y al parecer l DIAN ha quitado el icono donde se adjuntan los soportes.. trabas? quien sabe, al parecer hay muchas solicitudes y quieren a toca costa impedir que se pueda radicar. no se si esté hablando de mas. pero todo indica que asi es. alguien que me diga lo cotrario?

  • #26

    Natalia (miércoles, 06 mayo 2020 11:08)

    Ariel y Erik, mi me pasaba algo similar, pero le di F5 y aparecieron los botones para adjuntar.

  • #27

    Oscar (martes, 12 mayo 2020 21:03)

    Buenas noches, realice la solicitud el 23 de abril, hoy estamos a 12 de mayo aun no lo han hecho efectivo la devolución ni comunicado nada, alguien sabe si son 15bdias hábiles o calendario? Notifican al correo cualquier decisión?

  • #28

    Jorge (martes, 12 mayo 2020 21:10)

    Son 15 días hábiles

  • #29

    Alejandra zapata (miércoles, 13 mayo 2020 20:04)

    Buenas noches, les cuento que solicite un saldo a favor de renta despues de presentar la declaración del año 2019, todos los requisitos estaban bien, pues cada año la solicito y tengo experiencia. Esta solicitud la realice el 17 de abril por lo tanto a mas tardar el 11 de mayo tendrian que devolver el dinero, pero oh sorpresa, jamas fuimos notificados de algun error como en otras ocasiones. Por tal motivo ingrese a la parte de asuntos y me encuentro con que la cerraron el 12 de mayo y encuentro un documento donde argumentan una cantidad de errores que no tienen base. Supongo que esto lo hacen con el fin de retrasar el pago de devoluciones y ya conozco otro caso similar. Alguien sabe donde puedo denunciar esta falta de diligencia y el incumplimiento?. Favor remitir su respuesta a alejazapatao@gmail.com gracias

  • #30

    Hernando bustamante (jueves, 14 mayo 2020 17:18)

    6482445

  • #31

    luz Stella herrera (martes, 19 mayo 2020 17:36)

    El dinero de devolverá dentro de los quince (15) días siguientes a la fecha de presentación, osea que son 15 días calendario, no especifica que sean hábiles.
    Yo radique el 24 de abril y a la fecha hoy 18 de mayo no se ha recibido ningún desembolso de dinero y tampoco ningún correo.

  • #32

    johnlondonoc@hotmail.com (jueves, 28 mayo 2020 15:24)

    Buena tarde, una consulta cual es el plazo del calendario, para solicitar esta devolución abreviada??

  • #33

    Mauricio Motta Rueda (jueves, 28 mayo 2020 15:27)

    Buenos Tardes, me puede hacer el favor y enviarme el formato 010, 1220 y 1668 editables al correo electrónico maorueda70@gmail.com

  • #34

    leydi (jueves, 28 mayo 2020 23:25)

    buenas noches por favor me regala los formularios editables 010,1668 y 1220 al correo leparu03@gmail.com , mu8xchas gracias.

  • #35

    Alex V. (miércoles, 03 junio 2020 11:54)

    Buenas tardes, Tengo inconvenientes para anexar lo soportes en la solicitud de Devolución (Formato 1668) Certificación Bancaria, Le doy F5 y no habilita Nuevo, Saben que solución hay al respecto. (Información Constancia Titularidad Cuenta Bancaria)

  • #36

    saray (jueves, 04 junio 2020 17:35)

    estoy tratando de solicitar saldo a favor en iva del 2018 pero tampoco me deja anexar nada ningun formato, ni los prevalidados s.o.s!!!

  • #37

    MARGOT (viernes, 05 junio 2020 14:54)

    Buenas tardes
    Tengo saldo a favor de varios años, puedo aplicar a solicitar devolucion de renta?

  • #38

    Manuel (viernes, 05 junio 2020 14:58)

    margot, en teoría si.. debe revisar requisitos y radicar solicitud.

  • #39

    LUIS GUILLERMO VELASQUEZ HERNANDEZ (martes, 09 junio 2020 12:57)

    Tengo problemas para anexar la informacion de la Certificacion Bancaria,el sistema no deja,he fectuado todos los procesos a saber;borrar los arvhivos temporales,e ingresado por los navegadores Mozilla y Google Crhome,he actualizado tecla F5,y nada;hay algo sospechoso en este proceso.
    Todos los pasos anteriores fueron direccionados por un funcionario de la Dian a traves del Chat,y me dio por ultima opcion que pusiera una Queja y tambien esta bloqueada.
    Gracias.

  • #40

    claudia romero (lunes, 13 julio 2020 09:51)

    Alguien me pueden ayudar con el formato 010 en excel para ser diligenciado a mi correo clauromero6@gmail.com, Gracias

  • #41

    Luz (miércoles, 22 julio 2020 20:48)

    Buenas me pueden facilitar por favor los formatos 010 y 1220 en excel para diligenciar .mil gracias. mi correo es luchytel25@hotmail.com

    Gracias

  • #42

    Claudia (martes, 11 agosto 2020 12:25)

    Buenas Tardes: necesito ayuda urgente, si alguien lo puede hacer, tengo claro que cuando se presentan saldos de arrastre del Cree de años anteriores al 2017, se debe diligenciar un formato 1220 con las autorretenciones del CREE manualmente y firmarlo litogróficamente por representante y por contador y/o revisor fiscal, escanearlo y adjuntarlo en la zona por donde se carga la certificación bancaria eso pasa para los años 2014, 2015 y 2016, pero para el año 2013 no traía saldo, debo presentarlo por el prevalidador?? o litograficamente como los otros??
    Gracias

  • #43

    Erik (martes, 11 agosto 2020 12:28)

    Claudia, si enla declaración del CREE de 2013 no se generó saldo a favor, por ese año no se debe cargar ningun formato 1220 de esas autorrtentas..

  • #44

    Claudia (martes, 11 agosto 2020 12:41)

    #43 Erika, se me olvido comentar que en renta 2013 si había un saldo pequeño sin arrastre del Cree, ese 2013 debo presentarlo por el prevalidador. Muchas GRacias

  • #45

    Ilbia (jueves, 22 octubre 2020 11:10)

    Buenos dìas, por favor me colaboran estoy haciendo envio de archivos desde 2008 y cuando lleguè al 2018, me presenta error, consultè y dice que es numero de identificaciòn de quien expidiò cerificado, o sea colpatria s.a.. He utilizado todas las denominaciones que se pueden de colpatria no me corrige el error. segu'i buscando mas y sale error 100, no se que hacer.
    Gracias

  • #46

    WilliamDS (jueves, 22 octubre 2020 11:19)

    Ilbia. Consulta por la opción de otros servicios la razón social exacta del nit y copia y pega tal cual. Y válida de nuevo