Forma de declarar los ingresos por venta de acciones


 

17-10-2023


 

VENTA DE ACCIONES EN LA DECLARACIÓN DE RENTA

El día de hoy queremos explicar de manera sencilla como se deben declarar los ingresos por ventas de acciones en la declaración de renta. Es importante decir, que algunas personas, utilizan en la cotidianidad dos formas de hacerlo: neteando el resultado entre ingresos y costo,  o de manera separa, declarando el ingresos y por otro lado el costo respectivo.

 

Pero ¿Cual es la manera correcta de declarar los ingresos por venta de acciones?.

Debemos indicar previamente, que a nivel patrimonial, las acciones pueden considerarse como un activo fijo o como un activo movible, y de esto dependerá la sección en el formulario en el que la venta se declare, Estamos hablando que si la compra y venta de acciones no es una de la actividades económicas a las que se dedica, y estas acciones se venden, esta venta puede considerarse ganancia ocasional si fue poseída por dos años o más, o puede considerarse renta ordinaria si fue poseía por menos de dos años.  Ahora bien, las acciones que se consideran activos movibles, es decir que se vendan dentro del giro ordinario, siempre será considerada la venta como una renta ordinaria.

 

Aclarando lo anterior, sea que la venta de acciones se considere renta por ganancia ocasional o renta ordinaria, es solo un tema de la sección del formulario donde se debe presentar en la declaración y la tarifa a utilizar, pero no tiene nada que ver con la forma en que se debe declarar el ingreso y el costo en la venta.

 

En nuestra opinión y de acuerdo a la normatividad, la venta de acciones debe declararse de forma separada, es decir, el valor de la venta, se declara en los renglones de ingresos y el costo se declara en el renglón de costo.

 

Es un error hacerlo de manera neteada, aunque es costumbre de algunas personas hacerlo de esta manera,  y aunque matemáticamente el resultado neto y el impuesto a pagar es el mismo, declarar solo la utilidad o perdida repercuta en algunas obligaciones complementarias que nacen del nivel de ingresos, como por ejemplo la obligación de reportes de exógena, y otros topes.

 

Claro, en este punto de este escrito, algunas personas que vienen declarando este tipo de ventas de acciones de la manera neta posiblemente dirán, "Es que así está reflejadas las ventas de acciones en la contabilidad", y nuestra respuesta es: En contabilidad también debería reflejarse por un lado la venta y por otro lado el costo de la venta, y por otro lado, así está neteada la venta en la contabilidad reflejando solo la utilidad o la pérdida, tributariamente se debe hacer de la manera correcta.

 

Tenga en cuenta que el costo podría ser diferente a nivel contable y a nivel tributario, dependerá de si se utilizaron mecanismos de aumento del valor fiscal, como por ejemplo el ajuste de los artículos 70 y 73 del ET. entre otros.

 

Las dificultades que se pueden presentar para personas que por ejemplo invierten en bolsa de valores, es que pueden estar constantemente comprando y vendiendo acciones, y esto puede generar unos niveles de ingresos importantes, sin que por su puesto en todos los casos exista una ganancia importante.

 

Otro tema que queremos resaltar es que si la venta de acciones se realiza generando una pérdida, esta perdida no será deducible, lo que mas refuerza nuestra teoría, porque si se declara neto, en estos casos sería un error simplemente no declarar esta venta por ser cero el neto entre ingresos y costos.

 

Las personas naturales que tengan ingresos por venta de acciones, estas se deben declarar en la cédula general en las rentas no laborales. A no ser que sea activo fijo que lo haya poseído por dos años o más, caso en el cual se declara como ganancias ocasionales.
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Actualizamos este editorial basado en un reciente concepto DIAN 978 de septiembre de 2023, en donde da respuesta concreta a dos interrogantes:

 

¿La persona natural que obtiene ingresos por la enajenación de acciones debe declarar la totalidad de los ingresos generados o solamente la ganancia neta sobre la inversión inicial? ¿Si el ejercicio genera pérdida como debe declarar?
 
TESIS JURÍDICA 1.

"Para efectos del impuesto de renta y tratándose de la enajenación de acciones, de acuerdo con el artículo 26 del Estatuto Tributario debe declararse la totalidad de los ingresos, sean ordinarios o extraordinarios. Por disposición expresa del artículo 153 del Estatuto Tributario la pérdida en la enajenación de acciones no es deducible". "debe tenerse presente que la pérdida proveniente de la enajenación de acciones o cuotas de interés social no es deducible (cfr. Art. 153 del estatuto Tributario)".

 ¿Para efectos de la información exógena, la persona natural que compra y vende acciones a través de intermediarios, debe reportar la totalidad del ingreso?

TESIS JURÍDICA 2.

"Para efectos de la información exógena, la persona natural que compra y vende acciones a través de intermediarios, debe reportar la totalidad del ingreso, sin perjuicio de informar los costos correspondientes en el formato respectivo".

 

Descarga
Concepto DIAN 978 de septiembre de 2023
Forma en que se declara la venta de acciones
CONCEPTO Nº 978 14 SEPT 2023 Como se dec
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Wiliam Dussán Salazar

Editor de impuestos de www.consultorcontable.com

@williamduss



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Comentarios: 3
  • #1

    Jaime Aristizabal (viernes, 17 noviembre 2023 19:42)

    Tengo una pregunta, espero la puedan responder: de la lectura del concepto de la DIAN No. 978 de septiembre de 2023, y en relación al tema de la no deducibilidad de las perdidas en la venta de acciones, me queda la duda de si se pueden netear las perdidas y ganancias para varias transacciones de compra y venta de acciones en un mismo periodo gravable, independientemente si el ejercicio global da perdidas o ganancias. Por ejemplo para dos transacciones:

    1. Operación de venta No.1/ costo: $100 venta $200, ganancia de $100
    2. Operación de venta No. 2/ costo: $500 venta $100, perdida $400

    Se debe pagar impuesto por la ganancia de la transacción No. 1? o se debe simplemente reportar ingresos de $300 y costos de $600 llevados a $300 para no generar perdida, resultando en un ingreso neto de $0.

    Gracias.

  • #2

    Wilison (viernes, 17 noviembre 2023 19:54)

    Jaime, todo depende si la venta se considera o no ganancia ocasional, dado que si es ganancia ocasional podría mezclarse tal como lo plantea en su pregunta. ver art 311 del ET. Si es renta ordinaria, creería que no se podría.. es mi opinión por prohibición expresa de la ley



  • #3

    Jaime Aristizabal (viernes, 17 noviembre 2023 22:00)

    Gracias por la respuesta, Wilison. Si es así, me parece que ahí el estatuto es desequilibrado, en el caso de las acciones que cotizan en bolsa en el exterior (bolsa de Nueva York por ejemplo), porque las ganancias en las venta de estas acciones si tributan (a diferencia de las inscritas en la bolsa colombiana). Habría que ver que pasa si las acciones se tratan como activos móviles en el caso de un trader. Le propongo un buen post en la materia si se anima. Gracias !!!