DECRETO 2615 DE 2014- NIIF PLENAS DEL GRUPO I ACTUALIZADA A ENERO 1 DE 2014
26-12-2014
DECRETO 2615 DE 2014- NIIF PLENAS DEL GRUPO I ACTUALIZADA A ENERO 1 DE 2014
El Gobierno Colombiano ha modificado el decreto 2784 de 2012, en lo relacionado con el anexo que describe las NIIF aplicables para las entidades pertenecientes al grupo I, es importante recordar que inicialmente Colombia había tomado las NIIF vigentes a enero 1 de 2012 ("libro rojo" a enero 1 de 2012) y posteriormente las había actualizado a enero 1 de 2013.
Pues bien, para la versión del "libro rojo" a enero 1 de 2014, el Gobierno Colombiano las ha adaptado a través del Decreto 2615 de 2014.
Los cambios respecto a las versiones anterior de las NIIF comprenden lo siguiente:
El Decreto 2615 de 2014, en su anexo incorpora "el libro rojo" de IASB a enero 1 de 2014 en su parte "A", es decir, no es necesario observar los anexos de los Decreto anteriores, sino tan solo tener en cuenta el anexo de este Decreto, es decir los anexos de los decretos anteriores quedan derogados por esta nueva disposición normativa.
Por último, el Decreto, es decir la NIIF a enero 1 de 2014, entran en vigencia el 1 de enero de 2016, sin embargo la normativa colombiana parecen olvidar que las nuevas NIIF se pueden aplicar de forma anticipada, es más IASB lo recomienda.
JAIME L PINZON CALDERON (lunes, 29 diciembre 2014 06:01)
COMO SIEMPRE EL GOBIERNO BUSCA LA NORMA TRIBUTARIA COINCIDA Y AFECTE LA NORMA CONTABLE. LE IMPORTA LA NORMATIVIDAD
LVG (sábado, 27 diciembre 2014 15:01)
Jose, para mi se debe aplicar la NIIF y no la Reforma tributaria, al fin y al cabo la Ley 1314 de 2009 establece la independencia de las normas, para mi en NIIF se debe registrar al valor presente de los flujos descontados.
Si es por las razones que dio el CTCP,entonces no apliquemos impuestos diferidos, ni costo amortizado, ni las NIIF por que el efecto es fuerte.
Creo que el Gobierno quiere esconder los efectos de la tributaciòn sobre las empresas y eso es bastante peligroso
Jose del Carmen Villa Caldas (sábado, 27 diciembre 2014 13:49)
Doctor Leonardo, buenas tardes.
PREGUNTO: Referente al punto 2. de su exposición, relacionado con el manejo contable del impuesto a la riqueza se debe acatar lo dispuesto en este decreto 2615 de 2014? (Porque el gobierno en el art. 10 de la Reforma Tributaria 2014 ya le está metiendo la mano a las NIIF).
La NIIF pymes también han sido tocadas en este mismo tema por el gobierno.
Significa que quedaría pendiente un decreto para poner en orden de la NIIF Pymes el manejo contable del impuesto a la riqueza?