20-10-2018


YA SE PUEDE CARGAR EL FORMATO 2516

 

Desde el próximo 24 de octubre al 7 de noviembre de 2018 están fijados los plazos para el cargue del formato de conciliación contable y fiscal 2516 de acuerdo al último dígito del NIT; el día de ayer en horas de la mañana publicamos una noticia que indicaba que a las 7:am no habían adecuado la plataforma MUISCA para el cargue, pero en el transcurso del día fué habilitado dicho sistema.

Desde varios años atrás los contribuyentes vienen sufriendo una situación similar, el de no tener a tiempo los medios necesarios para cumplir las obligaciones.

 

Se espera que con el cambio de gobierno y de director de la DIAN esta situación fuese diferente. 

 

 


 

Wiliam Dussán Salazar

Editor de impuestos de www.consultorcontable.com

@williamduss



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Comentarios: 14
  • #1

    Nelly Consuelo Reyes (viernes, 19 octubre 2018)

    Buenos días me pueden informar si las personas naturales deben presentar esta información

  • #2

    WilliamDS (viernes, 19 octubre 2018 08:25)

    Nelly. Este año 2017 solo.juridicas.

  • #3

    Andres (viernes, 19 octubre 2018 09:05)

    Buenos dias, tienen conocimiento si el formato tendra una nueva versión?

  • #4

    Claudia Marcela Leon (viernes, 19 octubre 2018 10:56)

    para la muestra un boton: un excelente articulo sobre la situacion de los contadores escrito por Juan Camilo Serrano
    https://www.ambitojuridico.com/noticias/columnista-impreso/tributario-y-contable/los-demas-de-los-demas

  • #5

    Alejandro Quiceno - Macros para Contadores (viernes, 19 octubre 2018 11:05)

    Sorprende como se cuelgan y eso que ellos mismos se hicieron tiempo aplazando varios meses.
    Falta ver si el 2517 lo tienen listo en MARZO de 2019
    Gracias por informar a la comunidad.

  • #6

    MARITZA GOMEZ (viernes, 19 octubre 2018 12:06)

    Esta errado este escrito?

    El reporte de conciliación fiscal (formato 2516), anexo del formulario 110, deberá ser diligenciado y presentado a través de los servicios informáticos electrónicos, por los contribuyentes responsables del impuesto sobre la renta y complementarios (personas naturales o jurídicas), obligados a llevar contabilidad, que posean ingresos brutos fiscales iguales o superiores a las 45.000 UVT($1.433.655.000); e igualmente quienes voluntariamente decidan llevarla, que presenten declaración de renta y complementarios mediante el formulario 110

    Segun esto quiere decir que las personas naturales si estarian obligadas, claro esta si cumplen los requisitos que aqui menciona

  • #7

    WilliamDS (viernes, 19 octubre 2018 12:18)

    Maritza, las naturales que en teoría deben presentar este reporte 2516 son las naturales no residentes que son las únicas naturales que diligencian formato 110. y pues que estén obligadas a llevar contabilidad; es decir muy pocos casos..

    Queda claro entonces que las naturales que declaran en formato 210 no tienen que cargar este formato 2516 y tampoco el 2517 que para este año gravable 2017 no alcanzo a salir..

  • #8

    Fernando Quintero (viernes, 19 octubre 2018 17:02)

    Estoy interesado en afiliarme a su página me parece excelente y muy actualizada y me gustaría contribuir para que no decaiga esta exelente pagina puede informarme cuando debo girarle y a que cuenta y un numero de telefono para comunicarme con ustedes.
    Gracias

  • #9

    Simon Medina (martes, 23 octubre 2018 12:43)

    1. Son tan amables de orientarme si el formato 2516 debe diligenciarse de conformidad al formato 110 de la declaración de renta de 2017 o 2016?
    2. En conclusión teniendo en cuenta el tope estipulado en cuanto a los ingresos brutos fiscales iguales o superiores a las 45.000 UVT($1.433.655.000). y si estos son inferiores no debe presentarse

  • #10

    Renato (martes, 23 octubre 2018 12:55)

    Simón. Ingresos ordinarios y extraordinarios ganancias ocasionales del 2017

  • #11

    WILLIAM (martes, 23 octubre 2018 14:54)

    Presenté el formato 2516 desde ayer y aún no me sale la marca de agua de recibido y tampoco me salen errores. en teoría ellos iban primero a procesar y si todo estaba bien salía el sello de recibido al poco tiempo. aún me sale en trámite. ya los vencimientos inician mañana. Que tristeza.

  • #12

    Julia campos (miércoles, 24 octubre 2018 10:59)

    Buen día, según el parágrafo 2 de la resolución 073 del 29 de diciembre, todas las jurídicas del grupo 3 deben presentar caratula, estado de situación financiera y estado de resultado integral, sin importar el tope de ingresos, estoy en lo cierto?
    Gracias

  • #13

    Emperatriz (miércoles, 24 octubre 2018 17:22)

    buenas desde ayer hice el cargue del archivo xml y sigue con marca de agua EN TRAMITE. alguien sabe que puede ser..? si así queda ? gracias

  • #14

    SANDRA PATRICIA (viernes, 16 noviembre 2018 05:27)

    Buenos días el formato 2516 no lo he podido presentar porque sigue generando error u no deja generar el xml