MEDIDAS TRIBUTARIAS EN BOGOTÁ
26-03-2020
MEDIDAS TRIBUTARIAS EN BOGOTÁ
26-03-2020
Mediante
decreto 093 de marzo 25 de 2020, el Distrito de Bogotá adopta medidas adicionales y complementarias con ocasión de la declaratoria de calamidad pública efectuada mediante Decreto Distrital
087 del 2020"
Durante la vigencia 2020 se ajusta el calendario tributario del distrito capital para el pago del impuesto predial unificado y el impuesto de vehículos, en los siguientes plazos:
a. El plazo máximo para el pago del impuesto predial unificado para los predios residenciales y no residenciales, será el 5 de junio de 2020 con descuento del diez por ciento (10%). El plazo para pagar el impuesto sin descuento vence el día viernes 26 de junio de 2020.
b. Los contribuyentes que se acojan al Sistema de Pago Alternativo por Cuotas Voluntario (SPAC), presentaran una declaración inicial a través del portal WEB o cualquier medio virtual dispuesto por la Secretaría Distrital de Hacienda, hasta el 30 de abril de 2020, y realizaran el pago del impuesto a cargo en cuatro (4) cuotas iguales en las siguientes fechas:
Primera cuota: 12 de junio de 2020.
Segunda cuota: 14 de agosto de 2020.
Tercera cuota: 9 de octubre de 2020.
Cuarta cuota: 11 de diciembre de 2020.
c. El plazo máximo para el pago del impuesto de vehículos, con descuento del diez por ciento (10%) será el tres (3) de julio de 2020. El plazo máximo para el pago de este impuesto, sin descuento, será el 24 de julio de 2020.
Sobre el Impuesto de industria y comercio y del rete ICA no se menciona nada en este decrete pese a que en medios de comunicación se había anunciado que Los vencimientos del segundo bimestre y del tercer bimestre pasaría del 15 de mayo y 17 de julio al 31 de julio. Se espera, que la Secretaría de Hacienda expedirá la resolución de modificación de los plazos correspondiente.
Mediante resolución 8490 se aplaza calendario de reporte de exógena Bogotá
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Sebastian Alvaro (jueves, 26 marzo 2020 08:13)
Buen Dia William. Tener en cuenta tambien para que se les sugiere conceder plazo del primer bimestre, ya que el viernes anterior ya habia empezado cuarentena obligatoria segun alcalde de Bogota, y muchos no alcanzaron a presentar.
Maria V. (jueves, 26 marzo 2020 10:46)
bUENOS DÍAS, MUCHAS GRACIAS POR LA INFORMACIÓN.
sandra (jueves, 26 marzo 2020 10:57)
Así como esta no aplicaría el estrato?, se había hablado solo para 1, 2 y 3
Gracias
Nelly (jueves, 26 marzo 2020 11:48)
Muchas gracias por la informacion
Elizabeth (jueves, 26 marzo 2020 13:24)
Que hacer con las asambleas para aprobacion estados financieros zona rural para poder presentar declaracion de renta año 2019
Manuel (jueves, 26 marzo 2020 15:03)
Gracias, si deberían ampliar plazo para el 1 bimestre.. muchos no alcanzamos a pagar el jueves día antes de vencimiento y de cuarentena
fermin (viernes, 27 marzo 2020 13:37)
Para ICA el plazo para declarar y pagar segundo y tercer bimestre va hasta el 31 de julio
Jorge Domínguez (martes, 31 marzo 2020 18:11)
Importante! Consultar las Circulares Externas 013 y 014, emitidas el 30 de marzo de 2020 por la Superfinanciera, sobre Retiro parciales de cesantías e Instrucciones mínimas a modificaciones créditos bancarios, respectivamente.
Jorge Domínguez (martes, 31 marzo 2020 18:29)
Tasa de interés moratorio para mes abril: 26,04%
Resolución 0351 del 27 de marzo de 2020, Superfinanciera
Jorge Domínguez (martes, 31 marzo 2020 18:39)
Régimen Cambiario, modificaciones según Circular Reglamentaria Externa DCIN-83 del 27 de marzo de 2020, Banco de la República.